El Ministerio de Hacienda estudia la creación de un arbitraje
tributario para acelerar la resolución de conflictos con el contribuyente. Esta
es una de las propuestas del informe de la Comisión de Expertos para la reforma
de la Ley General Tributaria, que incide, además, en la necesidad de fomentar
las actuaciones preventivas de la Administración frente a las fórmulas de
represión del fraude.
La Comisión de Expertos constituida en julio del pasado año por
la secretaría de Estado de Hacienda para el estudio y la propuesta de medidas para
reformar la Ley General Tributaria ha presentado ya su informe al ministro de
Hacienda con lo que, a su juicio, deben ser las claves de la reforma de la norma
que regula la aplicación de todos los tributos.
El informe, al que ha tenido acceso ABC, establece que la nueva
Ley General Tributaria debe tener en cuenta que se ha cambiado la orientación
desde una Administración represiva, basada en el control a posteriori de las
obligaciones tributarias y que imponía elevadas sanciones de carácter ejemplificador,
hasta una Administración preventiva. que dedique sus mayores esfuerzos a actuaciones
que eviten que los contribuyentes incumplan sus obligaciones.
Para ello, la Comisión propone que la nueva Ley General Tributaria
(LGT) incorpore las actuaciones preventivas de la Administración para facilitar la
aplicación correcta de las normas tributarias. Estas actuaciones, que tendrían una
duración limitada, se realizarían antes de que venzan los plazos de declaración. En
todo caso, el resultado de estas actuaciones tendrían el valor de recomendación, y
el contribuyente podría o no aplicarlas en el momento de presentar la declaración.
ÚLTIMAS TECNOLOGÍAS
La nueva norma debe abordar, también, la aplicación de los tributos
a través de medios electrónicos.
El informe propone, en este sentido, que se regule la presentación
telemática de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones, etc.. Además, se
podría habilitar al representante del contribuyente a realizar determinadas
actuaciones también por vía telemática; se permitiría el pago de la deuda tributaria,
tanto si se utiliza tarjeta de crédito, como a través de domiciliación bancaria o
tramitada en línea. Se propone, asimismo, que se puedan realizar notificaciones por
correo electrónica; que se prevea la firma electrónia y la posibilidad de realizar
actuaciones de control y recaudación por medios informáticos y telemáticos,
respetando las garantías de los obligados tributarios.
Otro importante bloque de propuestas se refiere a reducir la actual
situación de conflictividad existente en materia tributaria, así como a la
aceleración de la resolución de los conflictos planteados.
Una de las principales novedades, en este sentido, es la creación
de lo que la Comisión denomina «arbitraje tributario». Todos los expertos coinciden
en la necesidad de introducir esta medida, aunque no hay unanimidad sobre el modelo
a aplicar.
Se trataría, en todo caso, de un recurso administrativo, resuelto
por un órgano especializado e independiente de la Administración, que se aplicaría
a las materias más sencillas y de fácil verificación, que permitiría suspender el
pago de la deuda sin prestar garantía. El arbitraje debería ser gratuito y resolver
los conflictos en un plazo de 45 días desde la presentación del escrito de
interposición.
Los expertos proponen una nueva tipificación de las infracciones
en leves, graves y muy graves, y que cada infracción lleve aparejada un determinado
tipo de sanción.
NUEVAS INFRACCIONES
En el informe se propone que se introduzcan nuevos tipos de
infracciones. Así, señala que se debe incluir como infracción leve la no declaración
del domicilio fiscal o la no comunicción del cambio del mismo. Prevé también que hay
que establecer el deber de sigilo sobre los empresarios que obtienen datos personales
de sus trabajadores para calcular las retenciones y sancionar su incumplimiento como
infracción. También se plantea mejorar la regulación de las infracciones cometidas
por las entidades en régimen de transparencia fiscal que tributan por el Impuesto
sobre Sociedades.
En cuanto a las sanciones, prevé graduarlas en función del grado de
participación en la infracción.