PARTICIPACIÓN Entrevistas digitales, chats, foros, encuestas, cartas. Su opinión nos interesa.
PORTADA ÚLTIMA HORA ESPECIALES TEMAS MULTIMEDIA FOTOGRAFÍA
   BUSCADOR
  
   ARCHIVO
   EDICIÓN IMPRESA
    PRIMERA
    ÍNDICE
    INTERNACIONAL
    OPINIÓN
    VIÑETAS
    ESPAÑA
    SOCIEDAD
    CULTURA
    ESPECTÁCULOS
    AGENDA
    DEPORTES
    ECONOMÍA
    RADIO Y TV.
    ÚLTIMA
   AUTONOMÍAS
   SUPLEMENTOS
   ESTADÍSTICAS
   PARTICIPACIÓN
   SERVICIOS
   JUEGOS
   HERRAMIENTAS
   AYUDA


UTILIDADES
  Imprimir
  Enviar
  Estadística
¿Le interesa
esta noticia?


EDICIÓN IMPRESA> ECONOMÍA ESTADÍSTICA DE LA NOTICIA
Viernes, 23 de marzo de 2001

Hacienda estudia bajar del 35% al 25% la sanción si pacta con el contribuyente

Propuesta del grupo de expertos para la nueva Ley General Tributaria



CONCHA MARTÍN | Madrid

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ya tiene sobre su mesa el informe del grupo de expertos con propuestas para la reforma de la Ley General Tributaria. En él se aportan soluciones a dos problemas: la alta litigiosidad entre Hacienda y los contribuyentes y las situaciones de falta de garantías que se dan en las denominadas 'comprobaciones rápidas'. En el primer caso se propone crear una nueva figura, denominada 'acta de conformidad con acuerdo', a la que se le aplicaría una sanción del 25% (en lugar del 35%), con un plazo en torno a 20 días para pagar y con las posibilidades de recurrir limitadas.

Estas reformas se incluirían en la nueva Ley General Tributaria, la norma que regula las relaciones entre Hacienda y los contribuyentes. Esta ley se ha quedado desfasada, ya que, pese a que se modificó en el año 1995 y en el año 1998 con el Estatuto del Contribuyente, el cuerpo central data de 1963. La reforma que se prepara es una de las que el Gobierno se propone enviar al Parlamento este año, junto al nuevo impuesto de sociedades. Para ello encargó a un grupo de sabios, formado por catedráticos y asesores fiscales, la elaboración de una serie de propuestas que servirán de base para el proyecto de ley.

- Actas de conformidad con acuerdo. Sustituirían a las actuales actas de conformidad para los casos en los que existen dificultades de aplicar la normativa tributaria a una situación concreta. Para incentivar el acuerdo entre Hacienda y el contribuyente al que se le reclama la deuda, la sanción bajaría del 35% actual al 25%. La posibilidad de que, pese a todo, el acta se recurra ante los tribunales no se puede cerrar del todo, aunque sí se debería limitar a los aspectos que no han sido aceptados. Para que el acuerdo sea firme, el pago de la deuda se ha de producir en un plazo determinado; por ejemplo, 20 días.

- Infracciones y sanciones. Se deja abierta la posibilidad de que las infracciones se clasifiquen en leves, graves y muy graves. Las sanciones graves no deberían superar el 100% de la deuda (ahora, el 150%). Al mismo tiempo se hacen propuestas para sancionar determinadas conductas. Por ejemplo, incluir como infracción leve la no declaración del domicilio fiscal y la no comunicación de un cambio. También se plantea que al empresario se le imponga el deber de sigilo sobre los datos que obtiene del trabajador para el cálculo de las retenciones. Igualmente se insta a definir mejor el régimen sancionador para las sociedades transparentes y a delimitar la responsabilidad fiscal de los gestores y administradores de empresas.

- Comprobaciones limitadas. Otro de los aspectos donde se plantea una amplia reforma es en el sistema de 'comprobaciones abreviadas', que el grupo de expertos prefiere que se denominen 'comprobaciones limitadas'. Este procedimiento es utilizado por Hacienda como una especie de inspección a escala reducida, aunque con menores garantías. Los expertos plantean que su uso se reduzca a la mera comprobación de datos y sólo para verificar que los declarados coinciden con los que tiene la Administración. El plazo para realizar estas actuaciones sería de dos años a contar desde el momento en que se terminó el periodo para declarar de forma voluntaria. Sólo se podrá comprobar un ejercicio, no se podrá examinar la contabilidad mercantil, ni realizar actuaciones fuera de la Administración y tampoco efectuar requerimientos a terceros.


   Imprimir  Enviar   Estadística   
¿Le interesa? 
 

ANTERIOR
Hacienda quiere que la inspección negocie las actas con los contribuyentes

SIGUIENTE 
Hacienda estudia reducir los pleitos con los contribuyentes mediante un arbitraje


Portada | Buscador | Última Hora | Especiales | Temas | Multimedia | Fotografía
Edición Impresa | Autonomías | Suplementos | Estadísticas | Participación
Servicios | Juegos | Herramientas | Ayuda

Subir

© Copyright DIARIO EL PAIS, S.L. (Miguel Yuste 40, 28037 Madrid-España | Tel: 34 91 33782 00)     
Contacte con ELPAIS.ES | publicidad   



  Página anterior
 2001 © Asociación Subinspectores de Tributos