Amnistía fiscal: el Gobierno permite el blanqueo de dinero negro en metálico

04.06.2012 | Expansión.com

El Gobierno permite que aflore el dinero negro en metálico en la amnistía fiscal, tal y como adelantó Expansión el pasado 18 de mayo.

"Tratándose de dinero en efectivo será suficiente la manifestación, a través del modelo de declaración, de ser titular del mismo con anterioridad a 31 de diciembre de 2010", explica la orden que publica hoy el BOE.

La cuestión es que la amnistía fiscal se aplica para el fraude anterior al 31 de diciembre de 2010, ya que la campaña de la renta de 2011 seguía abierta cuando se aprobó el decreto.

Aunque no será necesario demostrar la antigüedad de ese dinero y bastará con que el contribuyente ingrese el importe correspondiente en una cuenta corriente para regularizarlo y beneficiarse así de la amnistía fiscal.

El BOE señala que podrán presentar "la declaración tributaria especial" los contribuyentes del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que sean titulares de los bienes o derechos cuya titularidad se corresponda con rentas no declaradas.

Los bienes o derechos deberán haberse adquirido por el declarante, con carácter general, en una fecha anterior al 31 de diciembre de 2010, y se valorarán por su valor de adquisición, salvo en el supuesto de cantidades depositadas en cuentas abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio en las que con carácter general se tomará en consideración su importe en la citada fecha.

El texto indica que la presentación de la declaración implica el ingreso de la cuantía resultante de aplicar al importe o valor de adquisición de los bienes o derechos regularizados el porcentaje del 10 %, así como la incorporación de la información necesaria que permita identificar los citados bienes y derechos.

Asimismo, subraya que la declaración tributaria especial tendrá carácter reservado y deberá presentarse antes del 30 de noviembre de 2012.

Según el Gobierno, el denominado "Programa especial de regularización de activos ocultos" permitirá recaudar unos 2.500 millones de euros.

Además, el BOE también publica hoy la orden ministerial que desarrolla el gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de participaciones cuya repatriación tendrá una imposición del 8 %.

Ambas disposiciones entran en vigor desde hoy.

Los billetes de 500 euros bajan en abril
Precisamente, hoy se ha conocido que el número de billetes de 500 euros en circulación cayó en abril hasta los 98 millones, lo que supone su nivel más bajo desde hace seis años, en 2006, según los últimos datos publicados por el Banco de España.

Algunas fuentes explican que la proliferación de estos billetes se debe a que los españoles prefieren el efectivo a cualquier otro activo financiero y también a la existencia de pagos en "dinero negro", con lo que una reducción en el número de billetes de 500 euros es un indicador de que se efectúan menos pagos fuera del control de Hacienda.

Los mismos datos también indican que en abril circulaban 48.876 millones de euros en billetes de 500 euros, una cifra inferior a los 49.296 millones de euros de marzo.

Hace un año, en abril de 2011, el número de billetes de 500 euros era de 103 millones, por un importe de 51.297 millones de euros.

Si se compara con 2010, el número de billetes de 500 euros se incrementa hasta los 106 millones por 53.437 millones de euros.

Así, desde el máximo alcanzado en octubre de 2008, cuando circulaban 113 millones de billetes de 500 euros (56.388 millones de euros), la cifra no ha dejado de caer, aunque de forma intermitente.

En total, en abril de 2012 había en circulación billetes de todas las denominaciones por importe de 66.639 millones de euros.

Así, 48.876 millones de euros corresponden a los billetes de 500 euros (98 millones en circulación); 3.167 millones de euros a los de 200 euros (16 millones en circulación) y 4.327 millones de euros a los de 100 euros (43 millones en circulación).