|  OPOINIÓN


Aplazamientos con Hacienda: una de cal y dos de arena

Publicado el 15-02-2009 , por Francisco González Carrera

La Ley de Presupuestos de 2009, instrumento esencial de orientación de la política económica, se despacha con unos tipos de interés, legal y de demora, propios de la usura que practicaba el mercader de Venecia.

Así, mantiene en el 5,5% el interés legal del dinero y en el 7% (si, el 7%, ha leído usted bien) el interés de demora. Hoy, cuando escribo esta nota, el euribor cotiza a menos del 2,5%; y eso cuando a bombo y platillo se anuncian intervenciones financieras de todo objeto y sujeto que permitan fijar unos bajos (bajísimos) tipos de interés que deberían resucitar nuestra economía, reducir la carga financiera de las empresas y aliviar la hipoteca de los ciudadanos

El triple del euribor
Sólo un despiste, que merece corrección inmediata, puede explicar que se pretenda cobrar a los contribuyentes, cuando estos aplazan sus deudas, tres veces más de lo que el mercado establece o cuatro puntos más que lo que el propio Estado promete pagar por su deuda pública. No creo, aunque lo parezca, que el Estado quiera hacer negocio financiero con sus deudas pues, al fin y al cabo, aquel interés opera tanto a su favor (la mayoría en las veces) como en contra (cuando es deudor).

Tampoco puede existir en aquellos tipos, aunque lo parezca, ninguna intención confiscatoria, sancionadora o usurera ni, por supuesto, de perjudicar al interés público regalando intereses cuando de pagar se trata. Simplemente debemos entender que, enfangados en el torbellino de medidas financieras urgentes, se les ha pasado ajustar a la baja los tipos de interés (legal y de demora) como, por cierto, sí se ha hecho con la inflación. Por ello, ni un día más pueden mantenerse aquellos tipos que nada tienen que ver con la rentabilidad de los mercados.

Más evidente resulta aún la consecuencia del desorbitado interés de demora cuando al 7% se le suman los costes, en su caso, de hipoteca en garantía de la deuda, encareciendo el aplazamiento de deudas hasta el absurdo.

No deja de ser contradictorio que la Agencia Tributaria, el pasado 7 de enero, haya dado instrucciones sobre aplazamientos de deudas fiscales que pretenden flexibilizar y favorecer los mismos, atendiendo a las «dificultades financieras transitorias de las empresas» y al «riesgo recaudatorio» y que, simultáneamente, pretenda cobrar el 7% por las facilidades de pago: cada mil millones (y son muchos miles) de deuda aplazada o suspendida, incluyendo la deuda recurrida ante tribunales, la broma del exceso en el interés de demora le costará al conjunto de los deudores 30 millones de euros; multipliquen por la deuda viva aplazada y verán lo que cuesta la «medida de apoyo». Dicho de otra forma, Hacienda trata a sus deudores casi con la misma saña que la Ley 3/2004 (llamada de «lucha contra la morosidad») sanciona a quien no cumple con sus pagos.

Si nadie discute la intención penalizadora de la Ley contra la morosidad, menos se puede discutir al carácter sancionador del exceso del interés oficial sobre los tipos de interés existentes en el mercado financiero. Hoy toca releer la sentencia del Tribunal Constitucional 76/90 para pedir que se ajuste el interés de demora (que solo puede tener naturaleza compensatoria del perjuicio que Hacienda sufre por el retraso) para acercarlo a la realidad financiera y, así, evitar su inconstitucionalidad.

En 1990, el Tribunal Constitucional salvó la constitucionalidad del interés de demora so pretexto de que, entonces, siendo el interés de demora inferior al de mercado, era legítimo acercarlo a éste, incrementando el interés legal en un 25 %, y así evitar que el moroso se beneficiara respecto al interés que conseguiría de terceros.

Podríamos entender que el desajuste entre el interés oficial y el de mercado fuera resultado de una desviación natural de éste último no prevista pero no es el caso: la premeditada y masiva intervención pública ha sido la causante de la bajada del precio del dinero que, sin embargo, no se ha trasladado a la deuda aplazada con la administración. Así las cosas no tardaremos en ver algún avispado que prefiera hacer «ingresos indebidos» en Hacienda (que recuperaría, triple A por medio, al 7%) antes que comprar deuda pública o hacer depósitos bancarios.

En estas circunstancias, el interés de demora para 2009 nos recuerda aquel chiste en que un sesudo financiero exclamaba ante un colega: «¡Caramba, como están cayendo los tipos de interés!», ante lo cual su vanidoso colega respondió «Cierto, cada vez quedamos menos».