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Los retos del funcionario ante el Estatuto Básico del Empleado Público

Publicado el 23/06/2008, por Julio Gómez-Pomar. Director del Centro PwC&IE del Sector Público.

Los primeros aires que nos trae el EBEP con ocasión del comienzo de esta nueva legislatura no son precisamente muy esperanzadores.

El Vicepresidente Solbes ya ha lanzado el aviso a navegantes de que hay muchos aspectos del EBEB- aquellos que conllevan mayor gasto público- como la carrera profesional o la mayor productividad derivada de un mejor desempeño, que deben ser aplazados ante la actual coyuntura económica.

Los funcionarios de la AGE están preparando movilizaciones porque consideran que sus retribuciones son muy inferiores a las que están abonando las comunidades autónomas a sus empleados. Fedeca advierte de los riesgos de desprofesionalización en la función pública. En fin, parece que en el momento en el que hay que poner en marcha toda la normativa de desarrollo se adivinan un montón de nubarrones en el horizonte. Resulta que la única cuestión pacífica en la que ya se han alcanzado acuerdos es la relativa al capítulo IV que se ocupa extensamente de la negociación colectiva[1].

La primera cuestión que se plantea con el EBEP y así lo han señalado la mayor parte de los autores que se han ocupado del mismo es su carácter “excesivamente” básico. Es decir, remite a la regulación de cada administración territorial cuestiones importantes como las retribuciones complementarias, la carrera profesional, la evaluación del desempeño o la función directiva.

La primera conclusión que se desprende de este enfoque es que las desigualdades entre administraciones van a ahondarse, la movilidad de los funcionarios entre administraciones se va a dificultar enormemente y se va a perder definitivamente la posibilidad de una función pública homogénea para toda España. No se entienda mal esta afirmación. No me refiero al abstracto principio político de unidad, sino al concreto principio de equidad de trato dispensado a cualquier ciudadano en cualquier lugar.

Una segunda implicación para los funcionarios va a ser la implantación de los sistemas de evaluación del desempeño. Aquí quisiera realizar dos afirmaciones: Primera, que es indispensable evaluar la actividad de la administración y de los empleados que la sirven. Segunda, que la evaluación del desempeño tiene muchas finalidades y la más importante no es la de vincular la retribución al rendimiento. Muchos modelos de evaluación del desempeño en administraciones públicas europeas han fracasado, incluso han producido desánimo y frustración, por haberse implantado mal y atendiendo a una exclusiva finalidad de control.

La cuestión más importante del EBEP es, a mi modo de ver, la carrera profesional, tanto vertical como horizontal. Por tanto, si no se desarrolla por motivos presupuestarios, más vale que se guarde el Estatuto entero en un cajón. La función pública española no puede aguantar más sin un modelo de carrera profesional. Las mejoras retributivas y profesionales no pueden estar vinculadas exclusivamente al cambio de puesto de trabajo. Ello conduce, como todos sabemos, a una movilidad continua y a una competencia permanente entre departamentos y centros por conseguir mejores RPTs para atraer funcionarios de otros puestos.

Por último, el único artículo dedicado a la función directiva no pinta bien. Cualquier regulación que de un paso atrás sobre la profesionalización y que no sea consistente con la que hoy establece la Lofage para Directores Generales y Subsecretarios hará perder a la administración el terreno ganado en muchos años en este espinoso asunto. La regulación básica del EBEP debería haber sido coherente con la Lofage en este punto y debería haber establecido la formación como el requerimiento básico para acceder a la condición de directivo público.

[1] Acuerdo Administración-Sindicatos para la ordenación de la negociación colectiva en la AGE de 20 de mayo de 2008