Lunes, 15 de Octubre de 2007, 11:00hs

Fuente: EFE

T.CUENTAS - HACIENDA

T.Cuentas aconseja Hacienda aumente comprobaciones sobre beneficios fiscales

Madrid, 15 oct (EFECOM).- El Tribunal de Cuentas recomienda en un informe a la Agencia Tributaria que incremente el número de filtros de comprobación obligatoria relativos a los beneficios fiscales de los principales impuestos, en particular en lo referido a la deducción por inversión en vivienda habitual en el IRPF.

En su informe de fiscalización de las actuaciones de la Agencia Tributaria durante la campaña 2004, el Tribunal analiza el Presupuesto de Beneficios Fiscales, que se integra en los Presupuestos Generales del Estado.

Respecto al régimen de tributación conjunta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se dice que presenta "peculiaridades" en la cuantificación del mínimo personal y familiar, por lo que resulta "cuestionable" que se incluya como incentivo.

Además, la metodología utilizada para estimar el importe que supone el beneficio fiscal se basa en la realización de "hipótesis consideradas escasamente realizadas", se avisa.

En relación a la deducción por maternidad en el IRPF, se asegura que, a pesar de estar configurada como un beneficio fiscal, se trata "más bien" de una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social de las beneficiarias.

En cuanto a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios del Impuesto sobre Sociedades, el Tribunal llega a la conclusión de que surgen "problemas" para estimar el importe del beneficio fiscal imputable a cada ejercicio por la propia configuración del incentivo.

El Tribunal también cree que el que no exista la obligación de elaborar anualmente un documento de ejecución del Presupuesto de Beneficios Fiscales supone una "carencia" que impide conocer el importe real de los incentivos fiscales vigentes.

También se pronuncia sobre la exención en el IRPF de los premios literarios, artísticos o científicos relevante y cuya autorización previa corresponde a la Agencia Tributaria.

El Tribunal comprobó que no se disponía de una relación actualizada de las exenciones vigentes y que existían divergencias en la información sobre los premios exentos entre distintas unidades de la Agencia Tributaria y con dirección general de Tributos.

Asimismo, se constató que no se realizaba un control adecuado sobre la recepción de las comunicaciones de los premios exentos en los ejercicios posteriores al de la autorización inicial, lo que dificultaba la verificación de esos incentivos.

También detectó "deficiencias" en las documentaciones que los contribuyentes presentaron en relación con las exenciones del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que requieren de un reconocimiento previo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Esto no impidió que se concediesen un número significativo de exenciones sin haberse aportado "toda" la documentación o haber cumplido las condiciones exigidas.

En materia de filtros de comprobación, en la primera fase de la campaña del IRPF se observó que, en casi dos tercios, la actuación fue "presuntamente incorrecta o errónea del contribuyente, llegando hasta el 87 por ciento de media cuando eran obligatorios los filtros.

Si se trataba del Impuesto sobre Sociedades, la mitad de los filtros lo fueron sin realización de comprobación alguna. EFECOM jmj/jlm