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ECONOMÍA   

7 de Enero de 2006    


Hacienda intenta dotar de armas jurídicas a los inspectores con la futura ley antifraude

Cristina Ruiz - MADRID

El Anteproyecto de Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, permitirá dotar a la Agencia Tributaria de mecanismos jurídicos para mejorar sus resultados, según aseguró ayer el diretor general del organismo, Luis Pedroche. Y es que el texto da potestad a la Agencia Tributaria para investigar a aquellas personas físicas y jurídicas que se encuentran detrás de los llamados «testaferros», competencia que, hasta el momento, sólo tenía el juez. Además, establece la responsabilidad subsidiaria de los compradores de productos que hayan sido objeto de fraude de IVA , suprimiéndose el trámite de audiencia previa ante la Fiscalía Anticorrupción.

Facturas pequeñas, sin retención Una de las principales novedades del anteproyecto es la introducción de una retención del 3% en la facturas emitidas por los autónomos que tributan por módulos, con lo que se trata de evitar la emisión de facturas falsas. No obstante, según indicó Luis Predroche, la Agencia Tributaria está estudiando eximir de esta retención a las facturas de valor poco elevado, aunque todavía no se ha concretado la cuantía exacta.

También se amplían los efectos de revocación del NIF a personas jurídicas, impidiéndoles hacer inscripciones en el Registro Mercantil. Tampoco podrán hacer pagos ni recibir abonos por vía bancaria.

Perseguir el fraude sobre el sector inmobiliario es otro de los puntos en los que hace especial hincapié la ley. Así, lo notarios están obligados a consignar en la escritura pública la identidad de los intervinientes y los medios de pago. Todas aquellas escrituras que no contengan estos datos no podrán ser inscritas en los registro de la propiedad.

Asimismo, lo contratos de alquiler deberán contener la referencia catastral, como también los contratos de la luz para evitar los arrendamientos no declarados. Desde la entrada en vigor de la ley, prevista para el primer semestre del año, las compañías eléctricas dispondrán de un plazo de seis meses para ir incoporando esta referencia a los contratos formalizados antes de la aprobación de la normativa.

Para las operaciones entre sociedades vinculadas se fija el valor de mercado como valor cierto en la venta de productos y prestación de servicios, y se amplía el periodo de vigencia de los acuerdos previos de valoración, pasando de tres a cuatro años. También se modifica el procedimiento de notificación, apareciendo el nombre del contribuyente requerido en BOE o en el de su correspondiente comunidad.



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