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CINCO DÍAS - 5D -GUIA   

3 de Diciembre de 2005    


5d. Guía para inversores

Plan de choque de fin de año para pagar menos impuestos

Violeta Mazo

Planes de pensiones o invertir en vivienda son opciones clásicas para pagar menos, pero hay otras vías que conviene conocer


Se imagina que para disfrutar este año de la deducción por hijos del IRPF, una futura madre pidiera a su médico que le adelantara el parto a diciembre, en lugar de esperar a enero? Sin duda, esto es una estrategia de primer orden para anticipar un beneficio fiscal, pero a la gran mayoría ni se le pasaría por la cabeza semejante iniciativa. Pues el mismo despropósito cometería un veinteañero que, con su primer contrato laboral en la mano, se abriera un plan de pensiones o alguien que con inestabilidad económica optase por una cuenta vivienda. Las dos decisiones reducen el pago del IRPF, pero carecen de sentido económico.

Abordar un plan de choque para reducir la factura del IRPF en un mes exige estudiar las opciones que permiten pagar menos. Éstas son viejas conocidas de los contribuyentes: las aportaciones a planes de pensiones, la compra de vivienda habitual, el ahorro en una cuenta vivienda y el ahorro en una cuenta empresa. Todo esto da derecho a importantes deducciones en el IRPF. Además, por todo el impuesto hay repartidas otras desgravaciones y rentas con beneficios que no hay que perder de vista.

Pero antes de apuntarse a todo, hay que conocerse a sí mismo, hay que ver cómo está el bolsillo del contribuyente y cuál es el estado actual del IRPF. Después ya se eligen las fórmulas con ventajas que se acomoden a cada perfil.

Sobre estas pautas hay dos reglas de oro que nunca hay que olvidar. Por un lado, que el año fiscal va del 1 de enero al 31 de diciembre, lo que significa que entre mayo y junio de cada año se declaran los ingresos y los gastos del ejercicio anterior. Así, a cualquier ventaja fiscal de la que se quiera disfrutar en el próximo IRPF hay que apuntarse antes de que termine el 2005. Si, por ejemplo, la compra de vivienda se deja para enero de 2006, será en la declaración que haga en 2007 cuando se refleje.

La segunda regla de oro afecta al tope de ahorro que cada año se puede lograr. La cifra máxima nunca superará lo que se paga a Hacienda por la vía de las retenciones. La única excepción afecta a las madres trabajadoras que no hayan cobrado durante el año la paga mensual de 100 euros. Así, para rentas medias y bajas, la estrategia hasta final de año será ajustar el IRPF al máximo para lograr la mayor devolución de retenciones posible. Para rentas altas, su meta será huir del tipo máximo de gravamen del 45%.

El régimen para reducir las plusvalías de activos comprados antes de 1996 sigue vivo en 2005

Frente a la declaración de la renta que se presentó antes del verano y que reflejaba los ingresos y los gastos del año 2004, apenas ha habido cambios significativos en 2005.

Los límites que marcan la obligación de declarar, las bonificaciones y las deducciones son las mismas en 2004 que en 2005. Así, para hacer ahora un precálculo del impuesto que permita saber cómo va a salir la declaración de la renta y dónde hay algún margen para actuar de aquí a final de año, se puede utilizar el programa informático Padre de 2004. Ahora bien, será sólo una indicación porque la escala de gravamen sí ha cambiado. Esto es así porque el actual Gobierno ha recuperado la costumbre de actualizar los tipos de forma que se suavice con ello el impacto de la evolución del IPC.

Un horizonte de cambios

Según los especialistas de la planificación fiscal, este final de año 2005 viene marcado por los futuros cambios fiscales anunciados por el Gobierno. De momento, sólo hay ligeras pinceladas de lo que finalmente será: cambios en la deducción por compra de vivienda habitual, cambios en la reducción por aportaciones a planes de pensiones y cambios en el trato a las inversiones.

Ante este horizonte de reformas, los expertos aconsejan que si ya se ha optado por aportar al plan de pensiones, se haga por el tope anual permitido para poder así beneficiarse de la deducción máxima actual. Sobre todo, cuando el contribuyente está en el tipo más alto de la escala de gravamen.

Aunque la intención del ejecutivo es promover este tipo de ahorro y no es imaginable que se suprima la reducción asociada al ahorro en planes de pensiones, los expertos sí creen que la deducción puede pasar de la base del IRPF a la cuota. Así, la desgravación dejaría de estar sometida a la progresividad de la escala de gravamen, lo que hace que sea mayor cuanto más alto es el nivel de ingresos, para ir a la cuota, donde son las rentas bajas las que resultan más beneficiadas, como ahora ocurre con la vivienda. Asimismo, hay sospechas de que pueda cambiar la forma de rescatar el plan de pensiones. En todo caso, será para mejorar el cobro en forma de renta.

Sobre la deducción por compra de vivienda habitual son numerosas las voces -incluida la UE- que se han oído a lo largo del año sobre el efecto pernicioso que causan sobre el precio de los inmuebles. Su posible desaparición tiene un alto coste político para el Gobierno, pero su reforma es algo que no descartan los fiscalistas. El consejo, como con los planes de pensiones, es aprovechar la deducción máxima que se pueda.

Inversiones de 1996

Cuando llega final de año, uno de los temas que más inquietan es la pervivencia del sistema que permite reducir las plusvalías en función de su antigüedad. Un beneficio que, hoy en día, sólo se aplica a los activos (acciones, fondos de inversión e inmuebles) que en diciembre de 1996 ya acumularan dos o más años de antigüedad.

Esta reducción puede suponer la tributación cero para las plusvalías por la venta de acciones cotizadas que se compraron en 1991, para las participaciones de fondos de inversión o acciones no cotizadas compradas en 1988, y para los inmuebles de 1987.

Como este régimen es transitorio, la amenaza de su supresión final surge cada poco. Para añadir más intranquilidad, en verano de este año, se conoció una sentencia del Tribunal Constitucional que invalidaba este régimen. Ahora bien, se trata de una sentencia que se manifiesta sobre un error del legislador que fue rápidamente subsanado por lo que la sentencia carece de efecto alguno.

En definitiva, la pregunta estrella que reciben los asesores es ¿vendo o aguanto con mis inversiones anteriores a 1996? Según los expertos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), si el activo es, por ejemplo, un inmueble que quizá ya no vaya a acumular más plusvalías, quizá interese la venta, por eso de si cambia el régimen. Sin embargo, los expertos más optimistas aconsejan guiarse por criterios de rentabilidad porque dudan de que un cambio suponga perjudicar derechos adquiridos.

Deducciones por cada CC AA

Otro de los frentes a los que debe estar muy atento un contribuyente a final de año es al de las deducciones que establece cada CC AA. En su mayoría se trata de beneficios fiscales asociados a situaciones familiares o personales como padecer una discapacidad, tener hijos, emprender una actividad empresarial o realizar algunos gastos.

Para tener derecho a estas deducciones hay que cumplir los requisitos de que se trate antes de final de año.

Si, por ejemplo, se va a necesitar alegar un grado de discapacidad hay que obtener un certificado del Imserso o del órgano competente de la CC AA. En ocasiones, este certificado obtenido, por ejemplo en 2006, podría acreditar la discapacidad de 2005, pero es mejor pedirlo en el año en que surge la discapacidad.

En cuanto a deducciones de las CC AA que permiten ahora ajustar el IRPF, el REAF destaca la deducción por compra de vivienda en zonas rurales de La Rioja y Cantabria, las deducciones para emprendedores de Andalucía, Asturias o Canarias. La deducción por compra de ordenadores para casa en Galicia y La Rioja y las deducciones por donaciones de padres a hijos para la compra de vivienda. Si ya ha tomado la decisión de comprar un ordenador, mejor ahora que en enero.

Seis opciones de ahorro fiscal para seis perfiles de contribuyentes

1. Asalariados. Las rentas del trabajo tienen un gran margen de optimización fiscal, pero no a final de año. Lo habitual para aligerar el peso del IRPF en este tipo de ingresos es transformar parte del salario en dinero en salario en especie que no tribute. Si esta opción se pacta ahora con la empresa, tendrá efectos para el sueldo de 2006, así que no sirve para bajar el actual IRPF.

Por su parte, los trabajadores que se hayan instalado en 2005 en España podrán elegir tributar por el IRPF y pagar según su escala de gravamen o por el impuesto de no residentes, que tiene un tipo general del 25%. Se trata de un sistema nuevo que entró en vigor en 2004. Además de esta diferencia en el tipo de gravamen, como no residente, no se deduce la Seguridad Social, no hay reducción por planes de pensiones ni por adquisición de vivienda habitual y si se tienen ganancias de patrimonio a más de un año tributan al 35% y no al 15%. Los pensionistas conviene que se acerquen antes de final de año a la Seguridad Social a pedir un certificado de minusvalía. A partir de un 33% de grado de discapacidad (puede ser una simple falta de visión) hay deducciones incrementadas. Los expertos del REAF aconsejan pedir ya los certificados que acrediten haber pagado gastos de defensa jurídica por un conflicto laboral porque son deducibles.

2. Autónomos. Los contribuyentes que tributen por el sistema de módulos que quieran seguir en este sistema deben revisar, antes de final de año, que no supere los límites de exclusión y si quieren cambiar de régimen, deben hacer ahora la elección.

Los empresarios que estén en el régimen de estimación directa, según explican los técnicos del REAF, deben analizar cuál es ahora su saldo entre ingresos y gastos. El objetivo es evaluar si les conviene adelantar algunos gastos previstos para 2006 o bien retrasar hasta enero algunos actuales.

Tanto empresarios individuales como profesionales deben recordar que pueden deducir las primas al seguro de enfermedad propio y del cónyuge e hijos menores de 25 años.

Los futuros emprendedores, desde 2003, disfrutan de una deducción por creación de una empresa de hasta 1.350 euros. Para quien realice una actividad económica a través de una persona jurídica, se aconseja planificar ahora la tributación del Impuesto sobre Sociedades de la entidad y el IRPF del socio. Según el REAF, 'el coste tributario se minimizará cuando el marginal del socio no sobrepase el 30% o el 35%, que paga la sociedad'. Pero al tiempo aconseja revisar las retribuciones que el socio necesita para, entre otros, conseguir la exención en el Impuesto sobre Patrimonio.

3. Propietarios de vivienda en alquiler. Los propietarios de casas puestas en alquiler tienen de tope para reducir sus ingresos hasta el importe de los mismos. Por muchos gastos que soporten, sólo podrán restarlos hasta dejar su rendimiento igual a cero, pero no negativo.

Si el total de rentas cobradas en lo que va de año va a ser superior a los gastos, quizá convenga anticipar reparaciones o similares que aumenten las deducciones. Por el contrario, si el rendimiento ya es cero, lo adecuado será retrasar las obras a enero. Según el REAF, si el coste total de reparar un inmueble va a superar los ingresos del año, convendría hacer la obra repartida en dos ejercicios.

Asimismo, para minimizar el coste del arrendamiento, el propietario puede plantear al inquilino el pago del alquiler de dos años en una sola vez, anticipadamente o al vencimiento. Así, una renta mensual por un local de 150.000 euros al mes, en un arrendador que tribute al tipo máximo del 45%, implicaría un pago fiscal en dos años de 1.620.000 euros. En cambio, si se cobra de una vez al cabo de dos años, el pago será de 972.000 euros. Desde el REAF aconsejan que si se va a alquilar un piso, fiscalmente interesa que sea para vivienda en lugar de para un negocio, porque en el primer caso disfruta de una reducción del 50%.

4. Compradores de vivienda habitual. La deducción líder del IRPF proporciona un beneficio fiscal de más de 1.800 euros al año en el caso más extremo. Se trata de una deducción en la cuota, es decir, tras aplicar la escala de gravamen y, por tanto, igual en importe para quien gana 80.000 euros que para quien ingresa 30.000 euros.

Da derecho a la deducción sólo la compra de la vivienda habitual y nunca la segunda residencia. Asimismo, también hay desgravación por el dinero aportado a una cuenta ahorro vivienda.

La base de la deducción está formada por el dinero destinado a la compra o bien a pagar la amortización y a los intereses del préstamo con el que se financia dicha compra y el capital destinado a la cuenta ahorro vivienda. Los porcentajes de deducción que se aplican sobre esa base, varían en cada caso.

Para llegar al tope máximo de desgravación, el pago anual debe ser de 9.015,18 euros. En el caso de tener una hipoteca, esta cifra recoge tanto al pago del principal como de los intereses.

Si ahora en diciembre aún no se ha alcanzado la deducción máxima conviene revisar las cuentas familiares y ver si hay margen para alcanzar el tope. Sobre todo, antes de que pueda haber cambios en esta materia.

5. Ahorradores para la jubilación. Las aportaciones a planes de pensiones, mutualidades o planes de previsión asegurados es la opción para rebajar el IRPF con más publicidad. Según explican los expertos del REAF, un contribuyente con una base liquidable superior a 45.900 euros se ahorrará 45 céntimos de impuesto por cada euro de aportación al plan. Con una base inferior a 4.040, sólo 15 céntimos.

La aportación máxima que da derecho a deducción es de 8.000 euros para menores de 52 años. Ahora bien, a esta cifra se puede sumar lo que en su caso aporte la empresa al plan del trabajador, que pueden ser otros 8.000 euros así como la aportación hasta 2.000 euros que este contribuyente haga a su cónyuge con ingresos inferiores a los 8.000. En total, un menor de 52 años podría deducirse de su base del impuesto, 16.200 euros.

Tanto la aportación que el contribuyente haga a su plan como la parte de la empresa se incrementa en 1.250 euros por cada año de más de 52 que tenga el contribuyente. Así, el máximo de deducción puede llegar a ser de 48.500 euros para mayores de 65 años y sin incluir una hipotética aportación al cónyuge. Sobre todo esto, es posible hacer aportaciones al plan de un familiar con discapacidad y deducirse hasta otro tope de 8.00 euros anuales. Pero es renta que tributa para dicho familiar.

6. Previsores. Una advertencia clásica a todos los contribuyentes es que las primas pagadas al seguro seguro médico no son deducibles del IRPF. Como excepción están las primas que se pagan los empresario y profesionales o las que la empresa pague a los asalariados, que sí deducen. Destinar dinero a los seguros de vida tampoco da derecho a ninguna desgravación fiscal.

Sin embargo, cuando llega el momento de recuperar el capital así ahorrado, la fiscalidad de los seguros de vida es una de las más atractivas de todo el sistema. El dinero del seguro se declara en la parte general del IRPF. Pero en lugar de tributar por el 100% recuperado, hay reducciones que hacen que su tributación efectiva llegue a estar por debajo del 15%, que se aplica a plusvalías a más de un año.

Asimismo, los seguros también son un instrumentos muy interesante para los altos directivos que quieren completar su plan de pensiones. En estos casos, la empresa que quiere retener y compensar a los mejores puede aportar capital al seguro del directivo para hacerle así un seguro en caso de jubilación con grandes ventajas fiscales.

Los seguros unit linked tienen reducciones fiscales tanto de la ganancia como de la pérdida a los dos años. Para aprovechar la minusvalía al 100% hay que vender antes de los dos años.

Estrategias con ahorro fiscal para los inversores

Jugar a compensar pérdidas con ganancias. Es la estrategia estrella que todo inversor debe manejar bajo diversas reglas. La principal, que las inversiones se compensan entre sí según su antigüedad. Al tiempo, conviene analizar el tipo de activo.

Como aconsejan los especialistas del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), si el inversor está en posición ganadora conviene que espere hasta que sus activos traspasen la barrera de un año de antigüedad. Así, en lugar de tributar desde un 15% a un 45%, se va siempre al fijo del 15%, lo que coloca la venta de activos como la mejor inversión fiscal, salvo frente a los dividendos para rentas bajas y los seguros para todos.

Si, por el contrario, su posición es de pérdida conviene hacer un par de reflexiones. Por ejemplo, ¿tiene también plusvalías latentes, pero de evolución peligrosa? Quizá interese deshacer ambas posiciones y compensar resultados. Si sólo hay pérdidas, se pueden compensar poco a poco en cuatro años. Si en 2001 vendió con minusvalías, 2005 será el último para compensarlas.

Si las pérdidas latentes están en un fondo, se puede elegir entre venta o traspaso. Si hay otras plusvalías es mejor vender, ya que con el traspaso no afloran ni pérdidas ni ganancias. Con unit linked en negativo, hay que vender antes de dos años, porque con esta antigüedad igual que su plusvalía se bonifica con reducciones, también las pérdidas. Según el Reaf, si se han pasado los dos o cinco años y hay pérdida, la solución puede ser hacer primero un rescate parcial pequeño que se penaliza con reducción y un segundo rescate por el resto que no se penaliza. Si el activo que se vende es un inmueble con plusvalías muy elevadas, quizá interese el cobro a plazos y así repartir el pago fiscal en varios años.

Pistas. Chequeo anual a la declaración de la renta

Hacer un precálculo del IRPF es como hacer ahora una declaración provisional que permite ver si aún hay margen para buscar más desgravaciones o ya están agotadas todas las opciones.

Enumerar todos los ingresos que se han tenido es el punto de partida. Al tiempo, hay que hacer acopio de las retenciones ya sufridas. Como ahora ni la empresa para la que se trabaja ni los bancos dan un resumen de los pagos, puede usarse de guía la declaración de 2004 para ver qué tipos de pagos se tienen y para los importes, acuda a las nóminas y certificados de cada mes.

Repasar rentas pendientes es un ejercicio esencial. Por un lado, hay que revisar si existen cobros en 2005 que deban imputarse a 2004 (por ejemplo, atrasos de la empresa). Pero, sobre todo, hay que ver si existen pérdidas de patrimonio pendientes de compensar o deducciones, por ejemplo, por planes de pensiones, pendientes de aplicar el año pasado.

Con todos los papeles sobre la mesa, llega el momento de hacer sumas y restas, para ello se puede utilizar el programa Padre de junio de este año. Pero sólo valen sus cálculos hasta la casilla de la base imponible. Sobre esa cifra se aplica la escala de gravamen de 2005 y el programa Padre recoge la de 2004.

Una vez que se ve la cuota del impuesto, ya se puede tomar alguna decisión. Si el pago parece excesivo, hay que repasar todas las casillas donde haya partidas a deducir.

Analizar todas las deducciones es un arduo ejercicio, pero con ahorro. ¿Su CC AA da una deducción por adquirir un ordenador? En lugar de comprarlo para Reyes, quizá convenga adelantar la fecha a Papá Noel.



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