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La Comunidad de Madrid completará en 2006 la supresión gradual del impuesto de sucesiones iniciada hace tres años, según consta en el proyecto de 'ley de acompañamiento' a los presupuestos regionales, presentado ayer por la presidenta de la comunidad, Esperanza Aguirre.
Concretamente, el texto aumenta de 50.000 a 100.000 euros la reducción que se podrá aplicar en la base imponible del impuesto para el caso de herencias entre padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho. El Gobierno regional prevé que con ello, deje de tributar el 95% de estos contribuyentes, con una herencia inferior 100.000 euros, una vez descontadas las reducciones por vivienda habitual, empresa familiar y seguros de vida.
Por ejemplo, dos hermanos que hereden del padre su vivienda habitual valorado en 240.000 euros, una casa en el pueblo de unos 150.000 euros y otros activos valorados en 50.000, ya no tendrá que tributar por el impuesto de sucesiones, una vez aplicadas las reducciones por parentesco y vivienda habitual.
El IRPF, para 2007
Asimismo, la 'ley de acompañamiento' mantiene para 2006 el tipo reducido para la compra de vivienda para familias numerosas en el impuesto de transmisiones patrimoniales.
En el caso del IRPF, los contribuyentes que residan en la comunidad podrán aplicarse hasta siete deducciones, incluida la de por alquiler de vivienda joven y por nacimiento de hijos. La ley no contempla, sin embargo, la reducción el tipo de gravamen autonómico en el impuesto sobre la renta, dejando la propuesta para el año 2007, último de legislatura. Aguirre calcula que estas rebajas (en sucesiones, donaciones y patrimonio) podrán beneficiar a medio millón de madrileños el próximo año, 'ahorrándose más de 250 millones de euros', que la Hacienda regional dejará de ingresar para financiar los gastos de la comunidad.
Las donaciones familiares no tributarán
La Comunidad eliminará también casi en su totalidad el impuesto de donaciones en el ámbito familiar, como ya anunció Aguirre en junio.
En concreto, se establece a partir de enero de 2006 una bonificación del 99% en la cuota del impuesto para donaciones efectuadas entre padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho. El 1% restante se mantiene sólo con fines de control tributario.
Esta medida convierte a Madrid en la primera comunidad autónoma de régimen común (Euskadi y Navarra ya lo tienen) en suprimir el gravamen a las donaciones familiares.
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