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CINCO DÍAS - MERCADOS   

18 de Julio de 2005    


El nuevo reglamento de fondos impone más transparencia

Begoña Barba / MADRID

El reglamento de fondos de inversión reforzará las obligaciones de información al inversor, especialmente en los garantizados. La norma, que será presentada hoy, resalta el papel de la CNMV como protector del partícipe.


El reglamento de Fondos de Inversión que hoy dará a conocer el secretario de Estado de Economía, David Vegara, y la directora general del Tesoro, Soledad Núñez, supone modernizar el mercado de la inversión colectiva al dar vía libre a los fondos de gestión alternativa, los cotizados y los planes especiales de inversión. Pero además establecerá nuevas medidas destinadas a garantizar la protección del inversión.

Respecto a anteriores borradores del proyecto, el que ha sido remitido al Consejo de Estado impone nuevas obligaciones a la gestora y la comercializadora. Por ejemplo, obliga a que el partícipe firme la recepción del folleto de un fondo antes de contratarlo y, obliga también a que se advierta de los riesgos que corre al inversor que opte por un fondo de inversión libre, según el borrador al que ha tenido acceso Cinco Días.

El texto también detalla los requisitos de información en los folletos completos, en el simplificado y en la redacción de los informes anuales, trimestrales y semestrales. Exige que se incluyan las comisiones máximas, la evolución histórica de la rentabilidad del fondo y que, anualmente, se informe al inversor sobre el ratio de gasto total soportado, expresado tanto en porcentaje sobre el patrimonio del fondo como sobre la rotación de la cartera. Para los fondos garantizados, se incrementan los requirimientos de información, tanto a la CNMV como al partícipe, en la concesión y renovación de las garantías del producto.

El reglamento también delimita el papel del supervisor en temas como la constitución del fondo, la supervisión de los recursos propios de la gestora, el papel de los agentes y apoderados o las obligaciones de información. Deja un amplio campo de actuación a la CNMV para desarrollar nuevos temas a través de circulares.

Comisiones

Respecto a las comisiones, el reglamento establece máximos en función de su patrimonio, de sus rendimientos o de ambos. El coste máximo por gestión, si se calcula sobre el patrimonio es del 2,25%, y si es por resultados, el 18%. Si utiliza ambos, el 1,35% sobre patrimonio y el 9% de resultados. El depositario percibirá hasta el 2 por mil.

Respecto al borrador anterior, destaca que se hayan suprimido las comisiones máximas para los fondos de renta fija y los que invierte en el mercado monetario. Hasta ahora los gastos tope para este tipo de fondos, similares a los Fiamm, eran del 1% sobre patrimonio y el 0,67% sobre resultados. Al elevar la comisión máxima para este segmento, Economía atiende una de las las peticiones de Inverco. No obstante, a los partícipes que ya tuvieran fondos de esas características se les repetarán los límites más bajos. Pero los nuevos fondos que se creen podrán tener gastos de hasta el 2,25%. También se marcan topes para evitar las comisiones en cascada en los fondos de fondos, que impiden cargar sobre el partícipe comisiones de suscripción y reembolso de los fondos en los que invirtiera el fondo si están gestionados por la misma gestora o una del mismo grupo.

Maria Gracia Rubio, socia de Baker & McKenzie, resalta que es 'un texto que mejora el borrador, ya que ha tenido en cuenta muchas de las observaciones de la industria'.

Planes para pagar la Universidad

El reglamento da rango legal a los planes especiales de inversión. Esta figura está muy desarrollada en otros países europeos, como Francia, donde se utiliza como mecanismo de previsión a futuro para, por ejemplo, pagar la Universidad a los hijos, disponer de un colchón financiero o como un complemento de la jubilación.

El reglamento los recoge con el nombre de planes especiales de inversión. Tendrán características propias en términos de las aportaciones mínimas para su sucripción y de renovaciones sucesivas.

Por ejemplo, se permitirá la aportación de cantidades periódicas cada mes. También el plan puede tener una duración específica (por cinco años), y las comisiones pueden estar vinculadas a este horizonte temporal. Algunas entidades ya han comercializado en España productos con alguna de estas características, como los planes renta mensual, a los que se abona una cantidad cada 30 días. También algunas gestoras extranjeras se están posicionando con fondos de horizonte temporal y los han dado a conocer en banca privada.

Las Claves: Crece la oferta y se simplifican trámites

Hedge funds

• Liberalizados. Los llamados fondos de inversión libre se permiten a partir de 50.000 euros. Tendrán liquidez trimestral e incluso semestral.

• Domicilio OCDE. Se podrá invertir en fondos domiciliados en paraísos fiscales si la gestora está en territorio OCDE.

• Protección al inversor. El inversor deberá firmar un documento en el que reconoce las características especiales de este producto.

Cotizados

• Fondos Indice. Se reconocen los fondos que replican índices, fondos cotizados o, en el argot financiero, ETF.

• Negociación. Los fondos índice se negocian como las acciones y replican, por ejemplo, los índices Nasdaq o S&P 500. En España se prepara uno sobre el Ibex.

• Fiscalidad. Se recogen las salvedades sobre el IRPF que permiten su implantación en España.

Sicav

• CNMV. Se reconoce a este organismo como responsable de su autorización y, en su caso revocación. Si la Agencia Tributaria detecta irregularidades tiene que obtener permiso de la CNMV para actuar.

• Exclusión de cotización. Se permite que se salgan de Bolsa, aunque establece mecanismos alternativos para garantizar la liquidez. Reconoce el sistema alternativo preparado por Bolsas y Mercados.

Compartimentos

• Clases de acciones. Recoge la posibilidad de crear fondos con diferentes clases de acciones y sociedades, separadas en compartimentos. El número mínimo de accionistas será 20.

• Compartimentos para Sicav. También con un número mínimo de 20 socios, aunque en el conjunto total de la Sicav tendrá que tener 100.

• Politica de inversión. Cada compartimento tendrá una única política de inversión.

Para las Gestoras

• Venta fuera. Se establecen los mecanismos para que las gestoras españolas puedan vender sus productos entre los inversores extranjeros.

• Gestión de carteras. Se les permite gestionar carteras, aunque se incrementan las normas de buena conducta.

• Dos en uno. La CNMV podrá acordar en un único acto la autorización del fondos o sociedad de inversión y su inscripción en el registro.



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