La Inspección Financiera de la Agencia
Tributaria ha realizado 9.415 expedientes sancionadores en los primeros cinco meses del año, lo que
supone un incremento del 2% respecto a los 9.230 tramitados en igual periodo del año 2003 (en el año
2004, estuvieron paralizados hasta julio por la entrada en vigor de la nueva Ley General Tributaria).
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La Agencia Tributaria niega, por tanto, que la aplicación del nuevo reglamento general del Régimen Sancionador esté provocando retrasos en la tramitación de los expedientes sancionadores y que exista el riesgo de que caduquen, tal y como apunta la asociación de técnicos de Hacienda (Gestha).
Este colectivo considera que la obligación impuesta por el nuevo reglamento de que los expedientes estén firmados por el jefe del equipo en lugar del subinspector puede suponer que la Agencia Tributaria deje de recaudar 1.270 millones de euros porque, al menos, 17.728 expedientes sancionadores pueden caducar por estas nuevas exigencias derivadas de la nueva Ley General Tributaria.
Según este organismo, no ha habido cambios en los métodos de trabajo, "independientemente de a quién se le atribuya la firma de dichos expedientes", y, por lo tanto, "no hay retrasos en su tramitación".
El nuevo reglamento general del Régimen Sancionador Tributario establece que la firma del acuerdo de inicio y de la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores corresponde al "equipo o unidad", eliminando la referencia de la normativa anterior que permitía atribuir la firma también al funcionario. En consecuencia, y siguiendo las reglas del procedimiento administrativo, la firma corresponde al jefe del equipo o unidad.
Para la Agencia Tributaria, esta cuestión procedimental afecta exclusivamente a la organización interna y no supone un obstáculo a la tramitación de los expedientes sancionadores, "puesto que el jefe del equipo o unidad conoce desde el inicio las actuaciones que llevan a cabo los miembros de su unidad".
"El hecho de que la firma que aparece en el expediente corresponda al responsable del equipo y no a cualquier otro funcionario individual no tiene impacto en la actuación diaria, no provoca cambio alguno en los métodos de trabajo ni, en consecuencia, supondrá retrasos en la tramitación de expedientes", reitera el organismo.
Además, afirma que si se permitiera firmar la propuesta sancionadora sin atender al nuevo reglamento, los tribunales podrían entender que los expedientes sancionadores han sido firmados por un órgano no competente -el funcionario individual- y sería entonces cuando se podría provocar la caducidad de los mismos.
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