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La Agencia Tributaria y el Ministerio de Justicia firmarán en los próximos días un convenio de colaboración, que estrechará la coordinación entre los brazos fiscal y jurídico del Gobierno con el fin de mejorar la efectividad de la figura del delito fiscal.
Según la Agencia Tributaria, el convenio, cuya firma ya estaba prevista en el Plan de Prevención contra el Fraude Fiscal aprobado en febrero por el Gobierno, prevé esencialmente una mayor interrelación entre la Abogacía del Estado y la Inspección de Tributos.
En la actualidad, ambos departamentos funcionan muy a menudo como compartimentos estancos, de modo que la función del inspector finaliza con la remisión del expediente de delito al Ministerio Fiscal y sus conocimientos no suelen ser aprovechados en el proceso de instrucción del caso. Así lo señala el presidente de la organización representativa de los inspectores (Apife), José María Pelaez, que reconoce que la participación de los inspectores en los procedimientos judiciales se suele limitar a la ratificación de los aspectos puestos de relevancia en el expediente durante el juicio oral.
Esa falta de interrelación entre los dos niveles es una fuente constante de problemas y está en el origen de la escasa eficacia que ha demostrado la figura del delito fiscal.
Los expedientes que los inspectores remiten al Ministerio Fiscal para iniciar las causas contra los contribuyentes que presuntamente han defraudado a la Hacienda Pública presentan en muchas ocasiones argumentos probatorios que no son aceptables en un procedimiento judicial, debido a la por otra parte lógica falta de formación jurídica de los inspectores.
Y, del mismo modo, la instrucción de las causas derivadas de los expedientes remitidos desde la Agencia Tributaria no es todo lo buena que debiera por la falta de formación fiscalista de los abogados del Estado, que tampoco tienen como norma consultar al inspector que elaboró el expediente.
Un problema que se agrava en los casos en los que por una simple cuestión de jurisdicción las causas terminan en el Juzgado de lo Penal de una pequeña población, dónde la mayoría de los jueces no tienen la formación necesaria para abordar un caso de estas características.
Un nuevo marco
Lo que el Gobierno pretende con este convenio es atenuar al máximo estas disfunciones, mejorando la coordinación entre las actuaciones administrativas y las procesales en los delitos que afecten a la Hacienda Pública ¿Cómo? En primer lugar, consiguiendo que los expedientes de delito fiscal de mayor complejidad técnica salgan de la Agencia Tributaria con un dictamen de los Servicios Jurídicos del Estado, que permita remitir al Ministerio Fiscal una apreciación de los hechos que facilite que la causa prospere en el ámbito penal.
Pero también impulsando un papel más activo de los inspectores en la instrucción de las causas, estableciendo estrategias y criterios coordinados en materia de conformidades, acusaciones o solicitudes de indulto ó promocionando la conversión de las medidas cautelares de naturaleza administrativa en decisiones judiciales.
Una figura poco utilizada
Según los datos contenidos en la última Memoria Tributaria, entre los años 2000 y 2003 entraron en los juzgados 4.151 expedientes por delito contra la Hacienda Pública. En el mismo periodo, tan sólo se registraron 271 pronunciamientos judiciales, de los cuales 195 fueron condenatorios; 34, absolutorios; mientras que 42 fueron objeto de archivo o sobresimiento.
En las últimas semanas, un nuevo factor ha venido a poner de manifiesto la situación de precariedad en la que se aplica la figura del delito fiscal. Ha sido como consecuencia de una sentencia del Tribunal Constitucional sobre los periodos de prescripción de delitos, que debido a la acumulación de causas podría suponer la anulación de unos 2.000 procesos.
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