|
Economía ha decidido retocar el reglamento de fondos, que está en las últimas fases de tramitación, para dejar claro que
sólo la CNMV tiene potestad para revocar a una Sicav su condición de instrumento de inversión colectiva. De ello depende
que sus beneficios tributen al 1% en lugar del 35%, y con el cambio normativo se aclara la situación fiscal de las
entidades.
Pero este cambio no puede ser retroactivo, y Hacienda ya ha iniciado inspecciones sobre unos tres centenares de Sicav,
además de haber levantado actas sobre unas 30. Según José María Peláez, presidente de la Organización de Inspectores de
Hacienda, si se concreta el cambio, los inspectores pedirán a la CNMV un informe sobre el cumplimiento de los requisitos
necesarios para las Sicav antes de levantar acta: 'Las inspecciones abiertas tendrán que seguir, y si las Sicav cumplen
con las normas terminarán en actas de comprobado y conforme'.
'Si hubiera existido una legislación clara que estableciera que la CNMV es la única competente para verificar si las Sicav
cumplen con los requisitos necesarios, la inspección no invadiría su terreno', puntualiza Peláez.
En cuanto a las actas ya levantadas, Peláez recalca que se trata de supuestos en los que ' teníamos certezas suficientes de
que no se cumplían los requisitos'. Así, estas sociedades tendrán que seguir los cauces ordinarios de impugnación. Para
estas actas sólo cabe la larga vía del recurso, primero administrativo y luego jurisdiccional.
Entre las gestoras, mientras, la opinión generalizada es de satisfacción, si bien el sector prefiere no hacer declaraciones
hasta vea los cambios en negro sobre blanco. Carlos Tusquets, presidente de Fibanc y vicepresidente de Inverco, comenta
que la Ley de Fondos ya establecía claramente que la CNMV era la competente para autorizar o revocar y que Hacienda no
puede cuestionar su papel: 'Me parece bien que el reglamento recalque lo evidente'. Añade que 'esta medida no favorece a
los ricos en detrimento del resto, sino que iguala la fiscalidad de los fondos a la de las sociedades, porque todos pagan
el 1%. En Europa no hay tributación diferenciada para fondos y sociedades, y no hay discriminación negativa para los
inversores cualificados'.
|