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1 Documentación. El punto de partida para hacer la declaración es recopilar todos los documentos que resuman los ingresos
y las retenciones de 2004. También se pueden obtener los datos fiscales en Hacienda. Para ello hay que facilitar el
importe de la casilla 62 de la declaración del año pasado. En todo caso, los especialistas del Registro de Economistas
Asesores Fiscales (REAF) recomiendan tener siempre a mano la última declaración porque sirve para recordar si hay rentas
pasadas con impacto en la actual declaración, como un ingreso de un cobro aplazado o una pérdida de patrimonio pendiente
de compensar con ganancias de 2004. Otros datos necesarios son el valor catastral de inmuebles en propiedad para los
propietarios y la referencia catastral para todos.
2 Clasificar rentas. Tanto en el programa Padre como en el borrador que envía Hacienda o en papel, el esquema del IRPF
es el mismo: en un grupo (parte especial) se ponen todas las ganancias y pérdidas por ventas realizadas pasado más de
un año desde el día de la compra. En otro grupo (parte general), va el resto: salarios; ingresos de alquiler; intereses,
dividendos y similares; ingresos de actividad económica; imputaciones de renta y ganancias y pérdidas a menos de un año.
Todo se declara por el importe íntegro.
3 Integración. Los saldos positivos se compensan con los negativos, pero con un orden. En la parte general, las pérdidas
de un negocio compensan las ganancias del salario o de dividendos. En la parte especial, las pérdidas de patrimonio se
compensan con las ganancias. Parte general y parte especial sólo se integran después de aplicar el tipo de gravamen.
4 Mínimo personal. Una vez calculado el importe global de todas las rentas (ingresos brutos menos gastos deducibles)
se resta el mínimo personal: 3.400 euros por declarante y 5.550 euros si es un padre o una madre que cuida en solitario
a sus hijos y opta por la declaración conjunta.
5 Mínimo por hijos. Además del mínimo personal, cada descendiente directo (hijo, nieto o bisnieto) da derecho a
deducciones que van desde 1.400 euros por el primero a 2.300 euros por el cuarto y siguientes. Deben ser menores de
25 años, solteros con rentas inferiores a 8.000 euros en el año (excluidas las exentas) y que vivan con el ascendiente
que se practica la deducción. Si los dos padres tienen derecho a deducir por los hijos, cada uno se resta la mitad si
optan por la declaración individual. Tras restar estos mínimos, se obtiene la base imponible del IRPF.
6 Reducciones. La base se reduce en unas cantidades según las circunstancias personales del contribuyente. Por tener
un trabajo se restan desde 2.400 a 3.500 euros; por cuidar de los hijos menores de tres años, 1.200 euros, y por
ascendientes mayores de 65 años con rentas inferiores a 8.000 euros al año, 800 euros. Asimismo, por tener más de 65
años, la reducción es de 800 euros y por más de 75 años, de 1.000 euros. En caso de discapacidad del propio contribuyente
o de descendientes o ascendientes, se restan de 2.000 a 5.000 euros. Como novedad, este año hay una nueva reducción de
8.000 euros al año por aportar capital al patrimonio protegido de un discapacitado. Pero, sin duda, la reducción estrella
es la que permite restar de la base las aportaciones a planes de pensiones hasta un límite general, de 8.000 euros al
año y que aumenta en 1.150 euros por cada año de más de 52 del contribuyente.
7 Escala de gravamen. La cifra que resulta tras reducir la base imponible, es la base liquidable y es la cifra que
se somete a gravamen. A la parte general del IRPF se le aplica la escala progresiva del impuesto. El tipo más bajo es
el 15% para bases de hasta 4.000 euros, que va subiendo según aumenta la base del contribuyente hasta llegar al máximo
del 45%. A la parte especial del impuesto se le aplica el tipo fijo del 15%. El objetivo de la escala de gravamen es
doble: que pague más quien más tiene y que el esfuerzo por pagar también sea mayor para quien tenga mayor nivel de
rentas. Conviene recordar que como el mínimo personal y el familiar y las reducciones se deducen antes de la escala
de gravamen, el efecto final es que la deducción también aumenta según aumenta el nivel de rentas. Así, por ejemplo,
quien tiene un tipo del 45% se deduce un 45% por su plan de pensiones y quien tiene un tipo del 20%, se deduce sólo el
20%. Por otro lado, la escala de gravamen tiene una parte estatal sólo modificable por el Estado y otra autonómica, que
cada territorio puede modificar.
8 Deducciones. Tras los tipos de gravamen, el resultado obtenido (cuota) de la parte general y el de la parte especial
se suman entre sí. De la cifra obtenida se resta otra de las cifras estrella del impuesto, la deducción por vivienda
habitual con un máximo de 1.803,04 euros por año. A diferencia de otras desgravaciones del IRPF, las de la cuota son
iguales para todo tipo de perfil fiscal y, por tanto, alivian más a las rentas bajas que a las altas. Otras deducciones
son las aprobadas por cada CC AA, por abrir una cuenta ahorro empresa o por donativos.
9 Retenciones. La siguiente cifra que se resta del impuesto son las retenciones y pagos a cuenta. Si resulta una cifra
negativa, este es el importe de más pagado por retenciones en 2004 y que ahora devuelve Hacienda. Si es positiva, es
el contribuyente quien debe dinero.
10 A pagar o a devolver. Sea cual sea el resultado, la declaración debe entregarse en Hacienda hasta el 30 de
junio.
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