El procedimiento para pedir el borrador del IRPF pasa por entregar, en cualquier delegación o administración
de la Agencia Tributaria, los modelos 104 y 105 del IRPF, aunque también puede hacerse a través de Internet
(www.aeat.es), e incluso por vía telefónica.
No podrán solicitarlo, en cambio, los contribuyentes que hayan obtenido rentas exentas con progresividad en
virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España, quienes tengan partidas negativas
pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores, quienes pretendan regularizar situaciones
tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas, ni aquellos que tengan derecho a la deducción
por doble imposición internacional y lo ejerciten.
Del 2 de mayo al 30 de junio
El plazo de presentación la Declaración de la Renta de 2004 será del 2 de mayo al 30 de junio, tanto para
positivas como para negativas. En el caso de las positivas en las que se fraccione el pago, el ingreso del
segundo plazo se podrá realizar hasta el 7 de noviembre, si éste no se hubiese domiciliado.
Para los contribuyentes no obligados a declarar, el plazo para pedir la devolución rápida del IRPF terminaba
hoy. Hasta el pasado 17 de marzo se habían recibido 290.554 peticiones, el 16,6% más que en igual periodo
del año pasado.
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