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El instituto parte en su análisis comparado de que el tipo de gravamen máximo aplicado en España en el IRPF (45%) es tres puntos superior al promedio de la UE-25 (41,9%) y se encuentra más de seis puntos por encima del tipo máximo aplicado en EEUU. Si se compara con la media de los países de la ampliación (33,6%), el tipo máximo del IRPF español es once puntos superior, pero sin embargo, respecto a la Europa de los 15 (47,14%) es inferior en algo más de dos puntos.
Junto a ello, el tipo marginal mínimo en el caso del IRPF aplicado en España (15%) se encuentra más de cinco puntos por debajo en comparación con la media de la UE-25 (20,88%), es más de seis puntos inferior al promedio de la UE-15 (21,83%) y se sitúa también cinco puntos por debajo de la media de los países de la ampliación (20,4%). El tipo mínimo español es únicamente superior al aplicado en Estados Unidos, que se sitúa en el 11,53%.
Respecto a los tramos en la escala de gravamen, el número de ellos en el IRPF español (cinco) es algo superior a la media de la Europa de los 15 (4,57). Los países del Este europeo tienen un número de tramos inferior a la media de la UE-15 (2,9 tramos), mientras que en Estados Unidos el número de tramos se eleva a seis. Únicamente en Eslovaquia, Letonia y Estonia se aplica un tipo único.
Según explica el IEF, los países de la UE que han realizado recientemente reformas en sus sistemas impositivos han reducido los tipos marginales máximos y mínimos, así como el número de tramos. Es el caso de Alemania, Finlandia, Reino Unido, Italia, Estonia, República Checa y República Eslovaca. Además, subraya el instituto que en la mayoría de los países de la UE las plusvalías derivadas de inmuebles disfrutan de una exención total cuando el periodo de tenencia supera ciertos umbrales temporales, y también aplican exenciones a las plusvalías derivadas de la venta de la vivienda habitual.
Ante el resultado de este análisis, el director del IEF, Fernando Casado, afirma que lo verdaderamente relevante, más allá de la posibilidad de que el Gobierno eleve al 18% la tributación de las plusvalías a más de un año, es dar un tratamiento fiscal diferenciado a las plusvalías a largo plazo, como por otra parte, se aplica en la práctica totalidad de los países analizados.
Reforma "mínima"
Respecto a la reforma del IRPF que está planteando el Ejecutivo, Casado la calificó de "adecuada" porque supone cambios "mínimos" y no una "gran revolución fiscal", y se mostró favorable a incentivar fiscalmente cualquier tipo de ahorro a largo plazo, como los seguros de dependencia. Además, dijo que es imprescindible bonificar el ahorro ligado a planes de pensiones complementarios de las pensiones públicas.
Sobre los cambios anunciados en las deducciones por hijo a cargo, el análisis del IEF pone de manifiesto que la mayoría de países aplican esta deducción en la base del impuesto y no en la cuota, una de las posibilidades que se están planteando el Gobierno para favorecer a las rentas más bajas.
Rebajar el IS
En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, el tipo español (35%) se encuentra muy por encima de la media de los países de la UE (25,27%) e incluso de la media de los países de la Europa de los 15 (30,11%). Sólo se encuentran por encima de España, Estados Unidos (38,9%), Alemania (38,7%) e Italia (37,25%), aunque en el caso español hay que tener en cuenta que el tipo efectivo se sitúa por debajo del 30% debido a la aplicación de las deducciones.
A la vista de estos datos, el IEF propone, para no mermar la competitividad de las empresas españolas respecto a sus competidoras europeas, reducir el tipo del impuesto y mantener, al menos, tres deducciones: las de I+D+i, por internacionalización y por reinversión de beneficios.
Supresión de Patrimonio y Sucesiones
El IEF ha comparado también el Impuesto sobre el Patrimonio, llegando a la conclusión de que sólo cuatro países aplican un impuesto similar al española (Francia, Suecia, Finlandia u Luxemburgo), pero España es el que aplica el tipo más alto (2,5%). En el resto de países analizados no existe este impuesto, e incluso Luxemburgo acaba de anunciar su eliminación, por lo que el IEE apuesta por suprimirlo también en España.
Por último, el análisis sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones pone de manifiesto que, dentro de la UE-15, Italia, Portugal y Suecia han optado por la supresión del mismo, mientras que cinco países de la ampliación (Chipre, Estonia, Letonia, Malta y República Eslovaca) no cuentan con un impuesto similar, y en los países donde se aplica (Luxemburgo, Eslovenia, Lituania y la República Checa) se concede una exención cuando los herederos son hijos del causante.
Por todo ello, Casado abogó por la supresión en España de este tributo, o al menos, que queden exentas las sucesiones entre familias directos (cónyuge y descendientes), como ya sucede en algunas comunidades autónomas. |