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Estrella Económica - Economía 

1 de Marzo de 2005  



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Hoy comienza el plazo de solicitud de devolución rápida del IRPF

La Agencia Tributaria calculará la devolución del contribuyente si procede y se la ingresará en la cuenta consignada por el ciudadano

Estrella Digital/ Efe

Madrid

El 1 de marzo comienza el plazo para que los contribuyentes que no tengan que declarar el IRPF pero si derecho a devolución soliciten la devolución rápida y para que quienes tienen que declarar pidan el borrador de declaración del IRPF y los datos fiscales que conoce la Agencia Tributaria.

Las devoluciones rápidas a los no obligados a declarar comenzarán a mediados de marzo y concluirán antes del 31 de mayo, precisaron fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda. La Agencia Tributaria calculará la devolución del contribuyente si procede y se la ingresará en la cuenta consignada por el ciudadano.

Hasta el momento, la Agencia ha enviado más de un millón de cartas para facilitar la solicitud a los contribuyentes que el año pasado obtuvieron la Devolución Rápida y a los que presentaron declaración sin estar obligados.

La Agencia explicó que pueden pedir la devolución rápida los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador o si proceden de varios cuando la suma del segundo y sucesivos no supere los mil euros.

El límite de rentas del trabajo se reduce a 8.000 euros anuales cuando se tienen varios pagadores y del segundo o sucesivos se perciben más de 1.000 euros, cuando se cobran pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, salvo las procedentes de los padres por decisión judicial, o cuando el pagador no tiene que retener.

Además, para poder pedir la Devolución Rápida, los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención no pueden superar los 1.600 euros anuales; y los rendimientos de Letras del Tesoro, rentas inmobiliarias imputadas procedentes de un único inmueble y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o precio tasado no pueden superar el límite conjunto de mil euros anuales.

Por el contrario, tienen que presentar declaración del IRPF quienes quieran deducir por inversión en vivienda habitual; cuenta ahorro empresa; doble imposición internacional, o aplicar las reducciones por planes de pensiones.

La Devolución Rápida se solicita mediante el modelo 104, donde se ponen los datos personales y familiares, el número de referencia catastral de la vivienda habitual, la asignación tributaria y la cuenta corriente donde se ingresará la devolución. En el caso de que no tenga que añadir datos adicionales o personales bastará con firmar y enviar la carta que hayan recibido.

Quienes hayan recibido la carta, pero tengan que aportar datos adicionales, deben presentar los modelos 104 y 105, que pueden solicitar al 901 200 345 u obtenerlos por internet.

En el caso de los contribuyentes obligados a declarar, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de solicitar, a partir de hoy 1 de marzo, el borrador del IRPF y los datos fiscales. El plazo de solicitud para envío al domicilio del contribuyente acaba el 20 de junio.

La Agencia Tributaria comenzará a enviar borradores a partir del 20 de marzo y desde el 1 de abril podrán confirmarse o modificarse los borradores a devolver o a ingresar si se domicilia el ingreso.

La Agencia Tributaria ha recibido ya 7.366.000 solicitudes de borrador y datos fiscales para este año a través de la declaración del IRPF presentada en el 2004 y en la que se incluía una casilla para pedirlo, por lo que quienes la marcaran no tienen que volver a solicitarlo.

Por primera vez, el borrador y los datos fiscales se podrán recibir en el domicilio o dirección electrónica única, que cualquier contribuyente puede solicitar para recibir las notificaciones por vía telemática.

Por último, la Agencia Tributaria informó de que los contribuyentes que necesiten ayuda pueden obtenerla en los teléfonos 901 200 345 y 901 33 55 33 o en la dirección de internet www.agenciatributaria.es.

El año pasado solicitaron la devolución rápida 989.000 contribuyentes y la obtuvieron 719.907, al resto le correspondía declarar o no tenía retenciones a devolver, por un importe de 193,30 millones de euros.



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