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ECONOMÍA   

3 de Febrero de 2005    


Las diputaciones se inclinan por mantener el Impuesto de Sociedades en el 32,5%

Sí puede producirse, sin embargo, algún recorte en el capítulo de deducciones

MANU ALVAREZ / BILBAO

Aunque las diputaciones mantienen todavía en fase de «estudio inicial» la elaboración de un nuevo Impuesto de Sociedades, después de que el Tribunal Supremo haya anulado elementos sustanciales de la normativa que se aplicaba hasta ahora en el País Vasco, parece asentada la tesis de que mantendrán invariable el tipo de gravamen general en el 32,5%. Y ello, a pesar de que el polémico fallo considera que la diferencia de este tipo con el que aplica la Administración central a los beneficios de las empresas -el 35%- debe ser considerada como ayuda de Estado y, por tanto, anulada.

Los gobiernos forales, cuyos responsables de Hacienda mantuvieron el pasado martes una primera reunión de trabajo, consideran que ese tipo del 32,5% se ha convertido en una especie de «seña de identidad» del Impuesto de Sociedades en el País Vasco, que es necesario defender. Hacer otra cosa, señalan fuentes de la Administración foral, sería tanto como admitir que el Supremo tiene razón en el fondo de sus planteamientos y que existe una subvención encubierta a las empresas asentadas en la comunidad autónoma.

Las diputaciones sí quieren aprovechar esta 'obligada' reforma del tributo para retocar algunas partes de su regulación. Pero no porque estén de acuerdo con la doctrina de la sentencia, sino porque hay algunos aspectos sobre los que las propias haciendas forales tenían dudas desde hace tiempo, explican los medios consultados. «La normativa tenía ya ocho años de antigüedad y durante este periodo han cambiado algunas cosas y también se ha visto que la eficacia de algunas medidas es escasa».

Al igual que en el resto de temas, no hay todavía decisiones definitivas, pero algunas fuentes señalan que estos retoques pueden afectar al capítulo de deducciones de la cuota. En concreto, a la deducción por inversión en nuevos activos -que en la actualidad está fijada en el 10% y puede verse reducida en algunos puntos- y también a algunos tratamientos especiales, como es el caso de las sociedades de promoción de empresas. Estas últimas, constituídas para la toma de participación temporal en otras sociedades -deben tener un capital social superior a los tres millones de euros-, tienen un tratamiento muy ventajoso, con importantes deducciones de impuestos y exenciones de plusvalías.

Recursos

Por otra parte, las diputaciones aclararon ayer que no se han planteado la aprobación de una ley del Impuesto de Sociedades en el Parlamento Vasco, tal y como se ha barajado en algunos círculos. Las mismas fuentes recordaron que el Concierto Económico otorga a las Juntas Generales de cada territorio la potestad para ejercer esta competencia, lo que impide al Gobierno vasco y al Parlamento de Vitoria aprobar leyes sobre impuestos concertados con el Estado.

Tampoco existe una decisión definitiva sobre los recursos judiciales contra la sentencia del Supremo, pero se estima como prácticamente segura la petición de amparo al Tribunal Constitucional. También, y como ya adelantó la pasada semana el diputado general de Vizcaya, José Luis Bilbao, es más que probable que se presente también una solicitud de «aclaración de doctrina» ante el Supremo. Los juristas de las diputaciones estiman que ésta es una medida acertada, ya que el último fallo entra aparentemente en contradicción con otros anteriores, en los que se reconocía e incluso defendía un margen de maniobra más amplio para los ejecutivos forales.

Por otra parte, el PP anunció ayer la presentación de mociones en el Parlamento vasco y las Juntas Generales en defensa del Concierto. El presidente de esta formación en Vizcaya, Antonio Basagoiti, criticó la sentencia porque, en su opinión, «desconoce las diferentes legislaciones tributarias existentes, así como el propio Concierto Económico».



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