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CINCO DÍAS - OPINIÓN   

27 de Noviembre de 2004    


Desgravaciones fiscales y fondos de pensiones

José Barea

El secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, en el acto inaugural de unas jornadas sobre seguros de vida y fondos de pensiones, declaró que en el contexto de la reforma fiscal del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se suavizarán los incentivos fiscales con la finalidad de evitar el dirigismo del Gobierno en la inversión de los ahorros de las familias, de forma tal que cada uno adquiera con su dinero el activo que considere más conveniente: una vivienda, un plan de pensiones. Adujo asimismo razones de equidad, ya que a su juicio los beneficios fiscales de los planes de pensiones están siendo utilizados fundamentalmente por las rentas más altas, frente al menor uso por parte de las rentas inferiores.

Siempre es bueno eliminar intervenciones públicas que distorsionen los mercados, y lo he publicado en multitud de ocasiones, pero en este caso siento disentir de mi buen amigo Miguel Ángel Fernández Ordóñez, con el que comparto muchas otras ideas.

Los mercados no siempre asignan eficientemente los recursos, de aquí que los poderes públicos establezcan regulaciones para evitar y corregir las ineficiencias que se producen en determinados supuestos en algunos mercados ¿Quién invertiría a muy largo plazo en fondos de pensiones, con la baja rentabilidad que tienen, dada la regulación que hay que establecer para dar seguridad al inversor, de cuyos fondos no podrá disponer hasta que llegue su edad de jubilación?

Para un enfoque adecuado del problema, hay que profundizar en las razones que justifican los incentivos que los países acuerdan a los fondos de pensiones. En casi todos los países los regímenes públicos de pensiones se gestionan por el sistema de reparto, y en todos ellos, a causa del envejecimiento de la población y a la falta de equidad entre lo aportado por cotizaciones sociales y lo que se percibe de pensión, se hace insostenible financieramente el sistema.

Refiriéndonos a España, diremos que la tasa de sustitución entre el último salario por el que se ha cotizado y la primera pensión que se percibe con 35 años de cotización, es del 93%. Para que exista equilibrio financiero la tasa debería ser del 63%, 30 puntos menos. Por otra parte, en los momentos actuales, la tasa de envejecimiento de nuestra población es muy baja a consecuencia de que los que cumplen 65 años son los nacidos en la Guerra Civil que han sobrevivido, y las cohortes nacidas a la terminación de la misma, cuando, a consecuencia de la penuria económica, las tasas de natalidad fueron bajísimas.

A partir del 2015 empezará a cumplir 65 años, y por tanto con derecho a pensión, la generación del baby boom, lo que da lugar a un fuerte envejecimiento de la población y, por tanto, del gasto en pensiones. Estudios efectuados por la Comisión Europea y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) prevén que en 2050 el gasto en pensiones públicas absorberá el 17% del producto interior bruto, con ganancia de ocho puntos sobre la situación actual.

El fuerte ajuste que es necesario realizar para que el sistema público de pensiones sea sostenible, supondrá una rebaja de un tercio del actual nivel de pensión media, y además la necesidad de prolongar hasta los 70 años de edad de jubilación. Tan drásticas medidas sólo serán soportables por la población si cuentan con unos ingresos adicionales a la pensión pública. Es ésta la razón fundamental de incentivar los fondos de pensiones que las familias constituyen con sus ahorros.

El montante de estos fondos en España sólo alcanza el 7% del PIB, en la Unión Europea continental está en el entorno del 30%, en Inglaterra y Estados Unidos sobre el 60%. Tanta diferencia es debida a que hubo países que vieron el problema con anticipación y vienen impulsando desde hace bastantes años la constitución de dichos fondos.

En España, hasta el año 1987, precisamente gobernando el PSOE, fue cuando se aprobó la normativa de los planes de pensiones privados ante la incertidumbre de la viabilidad del sistema público de pensiones, que requería una profunda reforma que hará bajar de manera acentuada la pensión media del sistema.

Un indicador de la cuantía del ajuste que hay que efectuar, lo constituye la deuda implícita de la Seguridad Social por los derechos corridos de los que están trabajando y cotizando, pero que no están contabilizados, ya que el Sistema Europea de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-95) hace una excepción en cuanto a la aplicación del criterio de devengo para las pensiones públicas gestionadas por el sistema de reparto. La cuantía de dicha deuda sobrepasa el PIB y va creciendo de año en año.



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