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Estrella Económica - Economía 

20 de Noviembre de 2004  



El Gobierno equiparará la fiscalidad de los fondos de pensiones de la UE con los españoles

La decisión se produce después de que Bruselas denunciara a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por discriminar a los fondos extranjeros

Estrella Digital/EP

Madrid

El Gobierno equiparará la fiscalidad de los fondos de pensiones de la UE con la tributación de la que actualmente disfrutan los fondos españoles, según un primer borrador del anteproyecto de ley que incorpora al ordenamiento jurídico español diversas directivas comunitarias, presentado ayer por el vicepresidente segundo y ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes en la reunión del Consejo de Ministros.

La vicepresidenta primera y ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega indicó, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, que, a través de esta norma, se liberalizan los fondos de pensiones transfronterizos y se permite a los ciudadanos españoles que relicen inversiones en fondos gestionados en el ámbito de la UE y con el mismo tratamiento fiscal que los fondos de pensiones nacionales.

Esta decisión se produce después de que la Comisión Europea denunciara este año a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por discriminar a los fondos de pensiones extranjeros, ya que las cotizaciones de pensiones depositadas en ellos no son deducibles fiscalmente, mientras que las cotizaciones a fondos españoles sí que tienen esta ventaja tributaria. El Ministerio de Economía afirmó entonces que la fiscalidad se igualará a finales de 2004 o principios del 2005.

Legislación incompatible

De hecho, España ha admitido, en intercambios de cartas con el Ejecutivo comunitario, que su legislación es incompatible con el derecho de la UE, pero ha dejado claro que no la modificiará antes de la entrada en vigor de la directiva sobre fondos de pensiones, prevista para el 23 de septiembre del 2005.

En el IRPF español quedan exentas las contribuciones efectuadas por el empleador y son deducibles las que efectúa el trabajador. Sin embargo, si las contribuciones se realizan a fondos de pensiones establecidos fuera de España, el trabajador no puede deducir sus contribuciones ni quedan exentas las que ha realizado el empleador.

El ejecutivo comunitario considera que esta legislación obstaculiza la prestación de los servicios de los fondos de pensiones extranjeros en el mercado español y la contratación de seguros voluntarios de pensión con instituciones extranjeras.

El anteproyecto de Ley también incorporará a la legislación española otras directivas comunitarias en materia de fiscalidad de productos energéticos y electricidad y del régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de estados miembros diferentes. También modificará la entrada en vigor del régimen transitorio del tipo de gravamen del Impuesto sobre la Renta de no Residentes aplicable a los cánones.



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