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CINCO DÍAS - ECONOMÍA   

20 de Noviembre de 2004    


El mundo avanza hacia el fin del impuesto de sociedades

Violeta Mazo / MADRID

La dificultad de las Administraciones de Hacienda para controlar el beneficio de las sociedades, incluso para saber dónde tributa una empresa, unido a la feroz competencia de los países por ofrecer las rebajas fiscales dibuja un paisaje de arenas movedizas. Mientras unos se ahogan, otros prosperan. Un grupo de expertos, reunidos por Cinco Días y Banco Madrid para debatir la armonización fiscal en la UE, vislumbra un futuro a corto plazo en el que se van dando pequeños pasos, como las nuevas normas contables que homogeneizan la base sobre la que calcular el impuesto de las empresas. Pero con la vista en un horizonte a 10 años, para los expertos no sería extraño que desapareciera el Impuesto sobre Sociedades y la recaudación se limitara al consumo (IVA) y al trabajo (IRPF).

'Hay países con diferentes presiones fiscales, siguen los paraísos fiscales, los movimientos internacionales se multiplican.., hay que cambiar los puntos comunes para conseguir la tributación uniforme en todo el planeta porque ahora puedes jugar como quieras', afirma Ramón Casero, profesor de la Universidad Pontificia Comillas y miembro del Instituto de Fiscalidad Internacional. En su opinión, cambiar esos puntos comunes pasa por abandonar un gravamen centrado en la residencia por otro de territorialidad. 'En lugar de hacer como ahora y gravar toda la renta mundial de una sociedad se va hacia el criterio de territorialidad donde se grava el beneficio allí donde se obtiene', explica. Según Casero, 'mientras EE UU ha decidido gravar el consumo, la UE ha ido por la vía de armonizar las sociedades. Aunque parecen dos caminos diferentes, terminarán por encontrarse'. Según explica, 'EE UU ya trabaja en una propuesta que grava las operaciones financieras y un tanto al consumidor, además plantea un tipo único en el IRPF sin ayudas a vivienda y con una especie de mínimo exento. Un sistema así es fácil de gestionar, tiene poca carga para el contribuyente porque es sencillo y es marcadamente territorial'.

Para Jorge Pérez Mascuñán, responsable de relaciones Internacionales de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), 'cada vez es más difícil controlar el beneficio societario. El impuesto podría desaparecer y se gravará lo controlable, consumo y trabajo'. Además del referente de los EE UU, los expertos son conscientes de la competencia que suponen los nuevos miembros de la UE. Luis Fernando Trigo, abogado de Baker & McKenzie señala que este futuro hipotético que se dibuja para la UE está ya presente en Eslovaquia. Este país ha estrenado en 2004 una fiscalidad agresiva con un tipo del 19% para sociedades que además está configurado como impuesto a cuenta y donde los dividendos no tributan en la sociedad y luego en el socio, sino sólo una vez. No hay, por tanto, la temida y cara doble imposición de dividendos. Pero en tanto se llega a ese futuro ¿qué es lo que hay en Europa? Según los expertos, algunos intentos por alcanzar una fiscalidad armonizada y ejemplos claros de que esto no es tan fácil. Entre los obstáculos del día a día aparece cierta actitud de la Administración española y de los tribunales que ven con mala cara determinadas operaciones. Y en el plano europeo, la traba que supone el hecho de que las decisiones en materia fiscal se deban aprobar por unanimidad y no por mayorías reforzadas. La Constitución Europea no cambia este método.

Para los expertos, los contribuyentes más perjudicados por la falta de armonización son, sin duda, las empresas y detrás el capital, esto es, los inversores. 'La imposición de las personas físicas es el último eslabón', concluyen.

Uno de los últimos avances en la armonización viene de la mano de las nuevas normas de contabilidad internacional. Estas reglas harán que las bases sobre las que se calcula el Impuesto sobre Sociedades sean casi las mismas en el ámbito internacional. Sin embargo, como así advierte Pérez Mascuñan 'armonizar por las base ¿seguro que al final nos lleva a los mismos tipos de gravamen?'. En su opinión, basta con ver el IVA en Europa. Es el impuesto más armonizado por la base y que tras décadas mantiene tipos de gravamen muy dispares conviviendo en toda la UE.

 
En el 95% de los casos el Tribunal de Luxemburgo da la razón al ciudadano

 
Para Casero, la nueva contabilidad tampoco trae tanta armonización por las diferencias entre el resultado contable y el fiscal que aún perviven. Al tiempo, esta nueva contabilidad se aplicará a las sociedades anónimas cotizadas y no será hasta 2010 cuando se extienda al resto.

Los precios de transferencia (para la cesión de inmaterial entre matrices y filiales) y la subcapitalización (endeudamiento remunerado entre empresas vinculadas que Hacienda castiga como si fueran dividendos) son otras cuestiones sobre las que planea la armonización fiscal. En ambos casos, o se produce cierto ahorro de impuestos o, al contrario, exceso de tributación. Asimismo, el tan maltratado dividendo tampoco parece encontrar un hueco que no sea o de nula fiscalidad en algunos países o de exceso de gravamen.

Para Víctor Mendoza, socio de KPMG, en esta materia 'han sido muy importantes las sentencias del Tribunal de Luxemburgo'. Para los expertos, las decisiones del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, están corrigiendo muchas de las discriminaciones que se producen por falta de armonía en la tributación. Pero, como así afirman los expertos, los tribunales españoles son muy reacios a elevar consultas ante este tribunal. ¿Será porque, como así plantea Pérez Mascuñan, en el 95% de los casos de discriminación se da la razón a los contribuyentes? Los casos Denkavit, Lankhorst-Hohorst o Gerritse han impulsado importantes cambios en las normativas nacionales en estas materias. 'El problema', señala Mendoza, 'es que el tribunal dice lo que no hay que hacer, pero no cómo hacerlo'.

El inversor internacional y las entidades financieras tampoco escapan a los problemas y también algunas ventajas de la falta de armonización. José Miguel López-Frade, director general de Banco Madrid, señala que 'la competencia que se desarrolla desde las instituciones financieras es fortísima'. Según explica, cada vez es más habitual que no se esté ante sociedades españolas sino filiales de sociedades extranjeras, 'se constituyen en Holanda y Luxemburgo y se establece una sucursal en España'.

A la hora de ofrecer instrumentos de inversión internacional, los expertos parecen escarmentados ante experiencias como las de los bonos austriacos, un producto que empezó a comercializarse en 1993 y que tras una inspección masiva en 1996 está ahora dando sentencias del Tribunal Supremo en contra de los inversores. Según López-Frade, 'ahora ya no hay ofertas masivas sino un inversor particular al que se le gestiona en un entorno internacional, según sus necesidades'. En general, el objetivo es lograr que el inversor se proteja del maltrato fiscal, algo no bien visto por los tribunales, y que puede disparar las alertas de las normas antiabuso, esto es, las que no consideran válida una operación que sólo persigue ahorro fiscal.

Ramón Casero. Profesor de Icade: 'A los tribunales les falta conocimiento técnico'

La Administración y los Tribunales atacan de forma, casi sistemática, 'todo lo que sean productos en masa y que supongan un ahorro fiscal por aprovechar convenios o tratados', advierte Ramón Casero. En su opinión, 'cuando estos instrumentos terminan llegando al público en general se va a por ellos'. Según explica 'los tribunales no están dispuestos a que se utilice algo que, según dicen en las sentencias, sólo beneficia a unos pocos'. Para Casero, todo esto pone de manifiesto 'el desconocimiento técnico de los tribunales', y 'hay que convencer a la Administración de que todo es legal'.

Luis Fernando Trigo. Abogado de Baker & Mckenzie: 'Cuidado con el conflicto en aplicación de la norma'

La Ley General Tributaria incorpora un artículo llamado conflicto en la aplicación de la norma tributaria y que actúa como norma antiabuso. En una interpretación estricta todo negocio que sólo busque ahorro fiscal no será válido. Para Luis Fernando Trigo, esta norma podría estar muy presente en operaciones internacionales que busquen la eficiencia fiscal. 'Al final, los negocios de puro arbitraje para obtener ingresos en países de baja tributación y tener gastos en España, sin una razón económica válida, podrían caer en la norma antiabuso, por eso hay que vigilarla de cerca'.

Jorge Pérez. Área internacional de Aedaf: 'Es difícil ver un país sin impuesto de sociedades'

'Vamos a un futuro en el que se va a gravar lo que se puede controlar, el consumo y el trabajo', señala Jorge Pérez Mascuñán. Pero al tiempo, este especialista en relaciones internacionales afirma que 'en el fondo se me hace difícil pensar en un país sin impuesto sobre sociedades, pero está claro que o somos capaces de armonizar o vamos mal'. Al tiempo duda de que en el seno de la Unión Europea, los Estados se resignen a aceptar un papel de 'meros recaudadores de impuestos de la UE'. 'Sin política monetaria', explica 'sólo les queda la política fiscal'.

José Miguel López-Frade. Director general de Banco Madrid: 'Hay demasiado margen para la interpretación'

José Miguel López-Frade reconoce que en un entorno global 'hay que ofrecer soluciones fiscales en función de donde se vaya a actuar'. Pero en esta tarea 'es muy poco el terreno liso, más bien todo resulta bastante pantanoso'. Según explica 'no se trata de bordear la legalidad porque todo es legal, pero al tiempo todo está sometido a interpretaciones y hay mucho margen. Cuando vas a los tribunales tienes el convencimiento de haber actuado bien y resulta que luego te sorprenden'. En su opinión, lo importante es tener informado al cliente de la existencia de un riesgo antes de decidir.

Víctor Mendoza. Socio de KPMG: 'En España, las reglas antiabuso son escasas'

Para Víctor Mendoza, 'las normas antiabuso tienen en España poco desarrollo y son escasas, existe el artículo 15 de la Ley General Tributaria y poco más'. En contraste, Mendoza pone como ejemplo la situación de países como EE UU, Francia o Alemania donde hay más control. Según explica, en el Reino Unido 'se está obligando ya a tener que comunicar a la Administración las operaciones que se están planificando para los clientes'. Pero también advierte que esto no significa que en España haya más posibilidades para burlar la norma.



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