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Millares de autónomos, pymes, profesionales y demás sujetos contribuyentes catalanes han tenido que pedir un certificado oficial que dice así: "Conforme a los datos que obran en las bases de datos de la Agencia Tributaria, el solicitante arriba referenciado se encuentra al corriente en la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido con anterioridad a la fecha de solicitud de la presente certificación". El resto del texto, redactado por quien debe hacer comprensible el pago de impuestos, es surrealista, porque alude a una ley del 2003 (en su esclarecedor artículo 43.1.f) y establece un principio que debe estar inspirado en los envasadores de yogures o latas de berberechos: "Este certificado tiene carácter de POSITIVO (sic) y una validez de doce meses, contados desde su fecha de expedición".
No está mal como síntoma de que algo no funciona en la Agencia Tributaria. Porque semejante papeleo responde sólo a una decisión que en su día debió tomar algún mandamás del PP preocupado por lo que llamaban la fluidez de relación con la Hacienda pública y decidió proteger a las grandes constructoras que se adjudican los principales contratos de obras públicas frente a sus pequeños suministradores de servicios y materiales. Se legisló que nadie puede ser proveedor de la Administración si no paga impuestos. Buen principio, que aplicado malévolamente por los funcionarios de turno sólo ha puesto de relieve que les encanta perder el tiempo en pescar sardinas aunque les pase por encima un tiburón.
La presión sobre los autónomos con el certificado obligatorio --que debe pedirse tantas veces como empresas públicas sean las que contratan al proveedor-- pone en evidencia que el modelo que el PSOE creó en su anterior etapa de gobierno, una Agencia Tributaria independiente del Ministerio de Hacienda aunque orgánicamente adscrita a él, puede no ser el modelo adecuado de gestión de impuestos. Lo dicen hasta los lobis de consultoría fiscal.
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