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El Banco de España informó ayer en una nota de prensa de que ha abierto un período de tres semanas para que los distintos organismos y organizaciones profesionales remitan sus comentarios sobre el contenido del borrador, que dará paso a la redacción del texto definitivo por el que se regirán los grupos consolidados para adaptarse a las NIC.
Entre las novedades del borrador destaca que el Banco de España no ha establecido, por el momento, ningún porcentaje límite para considerar una participación como significativa -las NIC fijan el 20%-, pero sí contempla otros parámetros para determinarlo, como la condición
de tener un puesto en el consejo de administración u órgano de toma de decisiones.
Con esta interpretación, el Banco de España atiende las demandas de las entidades financieras españolas, que habían criticado duramente el criterio del 20 por ciento, pues consideraban que esa regulación introducía un alto grado de volatilidad en sus cuentas.
El supervisor bancario establece, además, otros requisitos para determinar que la participación de una empresa en otra es significativa, como el hecho de que la empresa inversora haya intervenido, "durante al menos los últimos tres años", en el consejo ejecutivo o en el órgano que desarrolla las políticas financieras, operativas, estratégicas y comerciales de la empresa participada.
También considerará significativa una participación cuando existan "transacciones significativas entre la entidad inversora y la participada" o bien cuando se haya producido un "intercambio de personal de la alta dirección".
Provisiones
En cuanto a las provisiones para afrontar riesgos futuros, el Banco de España establece que las entidades financieras deberán "tener en cuenta la experiencia de impagados y las expectativas de pérdidas", así como "la evolución futura del riesgo" de los créditos "en función de los cambios previsibles de la coyuntura" o de los ciclos económicos.
Según el borrador de la circular, las tres provisiones que actualmente existían se verán reducidas a dos a partir de la entrada en vigor de las NIC, que serán la genérica y la específica.
En cuanto a la nueva provisión genérica -integrada por las estadística y la genérica-, el Banco de España establece que se calculará "teniendo en cuenta la experiencia histórica de deterioro" de los activos y "las demás circunstancias conocidas en el momento de la evaluación".
Además, fija diferentes dotaciones dependiendo del riesgo de que se trate (sin riesgo apreciable, bajo, medio-bajo, medio, medio-alto y alto).
Respecto a los fondos de comercio, la circular establece que su cuantía no se amortizará y que será valorada anualmente para determinar si se ha deteriorado.
El borrador de la circular contable ha sido distribuido formalmente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y a la Dirección General del Tesoro.
Entre las asociaciones profesionales que han recibido el borrador figura la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, la Asociación Española de Leasing y la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito. El Banco de España sometió a consulta pública el primer texto sobre la circular entre julio y principios de septiembre.
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