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El método para valorar los 'stocks' de capital, el tratamiento de los gastos de personal, la inversión o las amortizaciones y provisiones son algunas de las diferencias que existen actualmente entre los países a la hora de calcular la base imponible, según las Cámaras, que señalan que la discrepancia se refleja, incluso, en los conceptos de gastos necesarios para la actividad empresarial y beneficios, ya que cada país los define de manera distinta.
Igualmente, afirman que existen "discrepancias" destacables en el régimen de tributación de los grupos empresariales. En Suecia, por ejemplo, no se reconoce la tributación de los grupos como tales, aunque existe un régimen de contribuciones intergrupo, que permite reducir la fiscalidad conjunta de las sociedades que forman el holding.
El lastre fiscal y las deslocalizaciones
En cuanto al tipo impositivo, el organismo cameral señala que las diferencias entre países son, en algunos casos, de hasta 25 puntos. En la parte elevada se sitúan países como Alemania (38,3%), Italia (37,3%), Francia (35,4%) y España (35%). En torno a un 34% se sitúan países como Bélgica, Austria y Países Bajos, mientras que Luxemburgo, Dinamarca y el Reino Unido registra cifras del 30%.
Finlandia tiene un tipo impositivo del 29%, Republica Checa y Suecia, un 28%, y Portugal, un 27,5%. Irlanda es el país de los 15 con una menor presión fiscal, con un 12,5%. De este modo, la media de los 15 se sitúa en el 31,4%, por lo que España se encuentra casi 4 puntos por encima, mientras que la media de los 25 llega al 27,4%.
En cuanto a los países que se han incorporado recientemente a la UE, Chipre, Letonia y Lituania tienen un tipo impositivo del 15%; seguidos de Hungría (17,7%), Polonia y Eslovaquia (9%), Eslovenia (25%) y Estonia (26%).
Unificar criterios
Para las Cámaras, aunque hay países como Suecia y Finlandia, que defienden una "sana competencia fiscal" o Alemania que está claramente en contra de la unificación de los tipos del Impuesto de Sociedades, la Comisión Europea debe hacer un esfuerzo para lograr la unificación de criterios.
"Las diversidades en la regulación fiscal y en las prácticas contables dificulta el funcionamiento del mercado común como un verdadero mercado interior. Además, existe una dificultad real para invertir en otro Estado miembro", subrayan. |