Este periodo de consulta, abierto hasta el 10 de septiembre, está abierto a todas las partes interesadas, y el
Instituto emisor analizará todos los comentarios recibidos hasta su cierre.
El órgano que dirige Jaime Caruana considera "deseable" que los comentarios no sólo se centren en los problemas o
dificultades encontradas, sino que también incluyan sugerencias que estén en consonancia con las preocupaciones
de carácter supervisor.
Tras este proceso consultivo extraordinario, el Banco de España pondrá en marcha el proceso habitual de aprobación
de circulares con el objeto de que la misma entre en vigor a comienzos del próximo año.
La entidad ha decidido acometer la reforma de la circular contable, la 4/91, con el objeto de adaptarla al marco
de las NIC, facilitando así su implantación en el sector de entidades de crédito.
Desde un punto de vista supervisor, el Banco de España estima necesario que la aplicación de las NIC tenga en cuenta
la necesidad de promover la fortaleza del sistema financiero y la estabilidad financiera. En este sentido, indica
que la experiencia del modelo supervisor español avala la importancia que estos aspectos contable-prudenciales tienen
a la hora de facilitar un sistema financiero estable.
Asimismo, constata que este esfuerzo de adaptación a las NIC se está realizando "a pesar de las incertidumbres que,
hoy todavía, existen en torno al proceso de adopción de las mismas por parte de la UE".
Para el organismo supervisor, con esta temprana adaptación, las entidades financieras españolas evitarán los costes
e incertidumbres asociados a la existencia de contabilidades realizadas con criterios distintos.
Aunque reconoce que el margen temporal para que las entidades acometan la adaptación a la nueva 4/91 va a ser
reducido, cree que no se debe olvidar que ese escaso margen, en primer lugar, proviene del propio proceso europeo y,
en segundo lugar, estima que "el beneficio de una adopción más pausada de la nueva circular quedaría sin ninguna
duda eclipsado por los problemas asociados a la convivencia de dos sistemas contables las IAS y la antigua 4/91".
Sin embargo, reconoce que esta adaptación no está exenta de dificultades, y es por ello por lo que ha decidido
someter a proceso consultivo un primer borrador de la nueva circular, con el objeto de que las partes interesadas
puedan, de una manera temprana y abierta, opinar sobre la misma sin esperar a disponer de un texto más definitivo.
El Banco de España explica que la naturaleza del borrador de circular es, y debe ser, distinta de la de la antigua
4/91. Así, el nuevo marco contable de las NIC no contiene normas específicamente pensadas para el sector bancario,
sino que están enfocadas hacia las necesidades de los inversores actuales y potenciales, frente a la protección de
los acreedores, de tradición más supervisora.
Además, indica que se trata de normas con "cierto margen de maniobra", y en las que el peso de la elección por
parte del gestor de la política contable se hace patente. Por tanto, advierte de que no se debe confundir esta
nueva naturaleza de la norma con problemas de falta de precisión.
La nueva circular escogerá, cuando existan opciones contables en algunas de las NIC, aquellas que sean más prudentes.
Esa elección permitirá, a su vez, que todas las entidades supervisadas operen bajo las mismas normas supervisoras-contables, y que la elección de opciones contables no sea un factor de competencia entre entidades.
La nueva circular contable vendrá acompañada de una modificación de la circular 5/93 de recursos propios, con el objeto
de adaptar el tratamiento a efectos regulatorios en temas tales como la titulización u otras áreas en las que viene
trabajando tanto el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea como el CEBS.
Para el caso concreto, pero muy relevante, de la titulización, el actual nexo entre el tratamiento a efectos contables
y de recursos propios se rompe y, por tanto, la integración en balance de las titulizaciones que contempla la nueva
4/91, para emisiones posteriores al 1 de enero de este año, no llevará automáticamente a la pérdida de los posibles
beneficios a efectos de recursos propios.
En materia de provisiones, la nueva circular recoge tanto la filosofía general de las NIC como la opinión del Banco
de España sobre la compatibilidad entre unos niveles suficientes de provisiones y la norma contable. |