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La directiva sobre fiscalidad del ahorro se
aplicará desde el día 1 de julio del 2005
Austria, Luxemburgo y Bélgica, no participarán en este sistema
y aplicarán hasta 2011 uno transitorio de retención de los ahorros de los no residentes
Efe
 Bruselas
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El Consejo de Ministros de la UE decidió ayer que la directiva sobre fiscalidad del ahorro
de los ciudadanos no residentes empiece a aplicarse el uno de julio del 2005, seis meses más tarde de lo
previsto. El comisario europeo de Mercado Interior y Fiscalidad, Frits Bolkestein, señaló que el acuerdo adoptado
ayer, que permitirá aplicar una legislación que ha requerido quince años de negociaciones, representa "un logro
destacable para la UE".
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El Consejo de Ministros de Economía y Finanzas (Ecofin) de la UE alcanzó un acuerdo en el 2003 sobre una directiva
para gravar los intereses de la cuentas bancarias de ciudadanos no residentes en el país donde tuvieran abiertas
cuentas, pero vinculó su aplicación a lograr compromisos similares con Suiza, Andorra, San Marino, Mónaco y
Liechtenstein.
Sin embargo, Suiza no ha dado garantías de que pueda poner en marcha el acuerdo en enero del 2005, como había
previsto la UE, pues no puede descartar la posibilidad de que además de la aprobación por el Parlamento tenga que
celebrar un referendo si lo piden los ciudadanos.
La directiva sobre fiscalidad del ahorro estipula que los países europeos crearán un sistema de intercambio de
información por el que las autoridades fiscales de un Estado miembro entregarán automáticamente los datos de las
cuentas bancarias de los ciudadanos residentes en otro país.
Sin embargo, los tres países comunitarios con secreto bancario, Austria, Luxemburgo y Bélgica, no participarán en
este sistema y aplicarán hasta 2011 uno transitorio de retención de los ahorros de los no residentes.
Dicho sistema establece que se aplicará un tipo impositivo a los intereses devengados por los depósitos de los
no residentes que será del 15% entre el 2004 y el 2006; pasará al 20% del 2007 al 2010 y desde ese año se elevará
al 35%. Los ingresos que se obtengan con estas retenciones se destinarán en un 75% al país de origen del ahorrador
y el 25% restante se quedará en el país de origen.
Retenciones en los países terceros
Los países terceros impondrá esas mismas retenciones para las cuentas de los ciudadanos europeos que no viven en
ellos y existe un acuerdo para que haya un intercambio de información, bajo petición, en casos de fraude y otros
tipos de delitos.
Bélgica, Austria y Luxemburgo intercambiarán información, al igual que el resto de los Estados miembros, cuando
los países terceros apliquen el sistema de intercambio de información bajo petición establecido en el 2002 por
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
La directiva sobre fiscalidad del ahorro forma parte del llamado "paquete fiscal", formado también por otra ley
marco para abolir la doble imposición sobre los intereses y cánones de las empresas europeas y un Código de
Conducta para eliminar los 66 regímenes de fiscalidad empresarial que causan competencia desleal. |