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Los autónomos españoles disfrutan ya de un sistema de protección contra accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales a velocidad de crucero. En sólo ocho meses de desarrollo pleno de la prestación (antes únicamente
tenían derecho a prestación económica por incapacidad después del día decimoquinto de la baja), el mecanismo
ha alcanzado un grado de maduración importante, con una generalización de los cotizantes (el 97% de los
cotizantes autónomos) y con un porcentaje de bajas y de duración de las mismas similares a los del régimen de
los asalariados.
Los sindicatos de autónomos dicen que en los pocos meses que lleva en marcha el modelo de protección han aportado
más recursos al sistema de los que han recibido por sus situaciones de incapacidad temporal. Pero el riesgo de
utilización irregular de un formato similar al de los asalariados por parte de personas que son sus propios
patronos sigue presente y debe estar en permanente vigilancia para evitar nuevas vías de agua en el magnánimo
sistema de la Seguridad Social.
Los meses venideros, en especial los de la época estival, serán una prueba especial para escanear la buena
marcha de un modelo que parecía responder más a un estímulo político que a un necesario mecanismo de protección.
Los autónomos han planteado incluso el reconocimiento de un mecanismo de protección por desempleo, aunque
tenga un sobrecoste en cotizaciones y periodos más exigentes de carencia para tener derecho a las prestaciones
que ahora sólo pueden percibir los trabajadores por cuenta ajena. Las autoridades deben evitar este tipo de
movimientos expansivos del Estado de bienestar que situarían a un vasto colectivo de perceptores fuera de
control. Sobre todo cuando se está intentando reforzar su aportación por contingencias comunes para evitar
que sistemáticamente los trabajadores por cuenta propia se aferren a bases de cotización ínfimas que ni de
lejos financian las prestaciones de retiro.
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