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Estrella Económica - Economía 

31 de marzo de 2004  



Hacienda abona 100.000 devoluciones rápidas del IRPF por importe de 14 millones de euros

Un día antes de concluir el plazo, la Agencia Tributaria ha recibido ya más de 600.000 solicitudes

Estrella Digital/ EP

Madrid

La Agencia Tributaria abonó hasta ayer 100.000 devoluciones rápidas del IRPF del 2003 por importe de 14 millones de euros, a falta de un día para poder acogerse a este sistema. Hasta el momento, se han presentado más de 600.000 solicitudes, cifra que representa aproximadamente la mitad de la previsión que tiene Hacienda sobre el número de contribuyentes no obligados a declarar que previsiblemente se acogerán este año a la devolución rápida. En el 2003 se presentaron 1.222.983 solicitudes de devolución rápida, y se realizaron 881.193 devoluciones por importe de 227 millones de euros.

Los declarantes que deseen hacerlo tienen de plazo hasta mañana, día 31 de marzo, para pedir la devolución rápida del IRPF. La pueden solicitar mediante la carta personalizada que han recibido cerca de dos millones de contribuyentes o mediante los modelos 104/105, en los que sólo hay que poner los datos personales, ya que la Agencia Tributaria se encarga de calcular la devolución.

A esta devolución pueden acogerse todos los contribuyentes que hubieran percibido en el 2003 rendimientos del trabajo no superiores a 22.000 euros anuales si procedían de un único pagador (o de más pagadores siempre que la suma percibida del segundo pagador y siguientes no excediera de 1.000 euros anuales) o que no superen los 8.000 euros anuales si tuvo dos o más pagadores. El límite de 8.000 euros anuales también se aplica si percibió anualidades por alimentos (salvo las procedentes de los padres por decisión judicial) y cuando el pagador no está obligado a retener.

Tampoco están obligados a declarar y pueden, por tanto, pedir la devolución rápida, los contribuyentes que obtuvieron en el 2003 rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta si no superaron conjuntamente los 1.600 euros anuales. O quienes tuvieron rendimientos de Letras del Tesoro, o rentas imputadas de un único inmueble, o subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

En todo caso, deben presentar declaración de renta quienes quieran ejercer su derecho a la deducción por vivienda, por planes de pensiones, por cuenta ahorro empresa o por doble imposición internacional. Los contribuyentes que se acojan a la devolución rápida pero resulten estar obligados a declarar, recibirán una carta explicativa de la Agencia Tributaria que incluirá su borrador de IRPF y los datos fiscales, para facilitarles así la declaración de renta.



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