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Estrella Económica - Economía 

27 de febrero de 2004  



Cinco Días (27-2-2004)

Los contribuyentes que presenten el borrador del IRPF empezarán a recibir la devolución el 3 de mayo

Alrededor de 6 millones de contribuyentes podrán solicitar dicho documento desde el próximo lunes 1 de marzo y hasta el 15 de junio

Estrella Digital/Agencias

Madrid

Los contribuyentes que soliciten el borrador del IRPF del 2003 serán los primeros que comenzarán a recibir la devolución el próximo 3 de mayo, primer día de la Campaña de la Renta, según anunció ayer el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

Alrededor de 6 millones de contribuyentes podrán solicitar desde el próximo lunes 1 de marzo y hasta el 15 de junio el borrador del IRPF, que podrá confirmarse, si se está de acuerdo con los datos enviados por la Agencia Tributaria, a través de internet, por teléfono, enviando un mensaje de móvil, en cajeros automáticos, en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las entidades bancarias colaboradoras.

El pasado año se enviaron 400.000 borradores como prueba piloto y 3.425.000 contribuyentes solicitaron el borrador en su declaración de la renta del 2002, de los que más de la mitad cumplen los requisitos para recibirlos y, al resto, se les enviarán los datos fiscales.

El director de la Agencia Tributaria, Salvador Ruiz Gallud, indicó que los contribuyentes podrán solicitar el borrador a través del teléfono 901 33 66 33; mediante la página web de la Agencia Tributaria, en estos dos casos bastará con facilitar el NIF y el importe de la casilla 55 de la última declaración de renta, y personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Una vez solicitado, si reúne las condiciones para recibirlo, la Agencia le confeccionará su declaración de renta y se la enviará a su domicilio fiscal. Si, por el contrario, no reúne las condiciones, se le enviarán los datos fiscales para que presente la declaración ordinaria.

De manera adicional, los contribuyentes podrán solicitar el borrador cumplimentando los modelos tributarios 104/105, que se pueden obtener en las oficinas de la Agencia Tributaria o en internet, en los que se incluyen las circunstancias personales, familiares y algunas económicas, como el alquiler de vivienda habitual, bien urbano distinto de la vivienda habitual o anualidades por alimentos. Sólo en el caso de que se presenten estos modelos, el plazo de petición del borrador concluye el 31 de marzo, en lugar del 15 de junio.

Los contribuyentes que puede pedir el borrador son aquellos que obtengan rendimientos del trabajo, del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Además, las deducciones por adquisición de vivienda habitual o las reducciones por aportaciones a planes de pensiones no impiden recibir el borrador.

Una vez recibido el borrador, si el contribuyente está de acuerdo con los datos puede confirmarlo y dar por presentada su declaración de renta desde el 15 de abril cuando resulte a devolver o desde el 3 de mayo cuando sea a ingresar y, en ambos casos, el plazo concluirá el 1 de julio, último día de la Campaña de la Renta del 2003. Para confirmarlo, basta con una simple llamada al 901 33 66 33, por la página web de la Agencia Tributaria, las oficinas de la Agencia Tributaria o de las entidades financieras colaboradoras.

Este año, además, se ponen en marcha dos vías innovadoras de comunicación con el contribuyente, que servirán para confirmar el borrador de renta: los mensajes por teléfono móvil y los cajeros automáticos.

A través del móvil, el declarante tendrá que mandar al número 5025 el mensaje 'renta' (espacio en blanco), el número de referencia que figure en el borrador enviado a casa (espacio en blanco) y el NIF del contribuyente y el de su cónyuge, si es una declaración conjunta.

Por su parte, la Agencia Tributaria cuando reciba el mensaje de la confirmación, que tendrá un coste aproximado de 30 céntimos, envía, a su vez, un nuevo mensaje al contribuyente en el que podrá leerse el texto 'Su declaración de renta está presentada', aparecerá un código electrónico compuesto por una combinación de números y letras y el mensaje proseguirá con la leyenda de 'Conserve este código como justificante de la presentación'.

De la misma manera, la Agencia Tributaria podrá enviar otros mensajes al declarante para comunicarle que el NIF o la referencia enviados son erróneos o que no figuran en el mensaje.

Si el resultado del borrador sale a ingresar podrá fraccionarse y domiciliar el pago, y hacerlo a través de internet, con firma electrónica, en los bancos y cajas y en los cajeros automáticos (tecleando el NIF y el número de justificante que figure en el borrador), banca electrónica y banca telefónica de aquellas entidades colaboradoras que se apunten al sistema.

El nuevo servicio de borrador permite también modificarlo si el contribuyente no está de acuerdo con el resultado final. En este caso, el plazo para hacerlo es desde el 15 de abril hasta el 1 de julio, mediante la página web de la Agencia Tributaria, en las oficinas del organismo con cita previa o llamando por teléfono, por esta vía sólo desde el 15 de abril al 15 de junio, al 901 33 66 33. El declarante deberá comunicar su NIF y el número de referencia del borrador.

Asimismo, la campaña de devolución rápida para los no obligados a declarar comienza también el día 1 de marzo y podrá solicitarse hasta el 31 del mismo mes. Montoro indicó que ya se han comenzado a enviar las cartas de devolución rápida a un total de 2 millones de contribuyentes, de los que Hacienda calcula que se acogerán a este sistema en torno a 1,2 millones, cifra similar a la del año anterior.

El director del departamento de Informática Tributaria, Alberto Monreal, explicó que este año, el plazo de petición de la devolución rápida se ha acortado 15 días, ya que la intención de la Agencia Tributaria es enviar el borrador a aquellos contribuyentes que hayan presentado la devolución rápida, pero que estén obligados a declarar.

Las devoluciones comenzarán a practicarse a mediados de marzo, y la Agencia Tributaria piensa concluirlas a mediados de mayo, siempre que no tengan incidencias. En concreto, en el mes de marzo pretende enviar el 42% de las devoluciones, el 50% del importe; en abril el 91,7%, el 92% del importe, y en mayo el 98%, el 98% del importe.

Los contribuyentes que pueden solicitar la devolución rápida, a través de una carta personalizada que recibirá en su domicilio o presentando los modelos 104/105, son aquellos que no hayan percibido en el 2003 rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales si proceden de un único pagador, o de más pagadores siempre que la suma percibida del segundo pagador y siguientes no exceda de 1.000 euros anuales, o que no superen los 8.000 euros anuales si tuvo dos o más pagadores.



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