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Estrella Económica - Economía 

9 de enero de 2004  



Las empresas cotizadas disponen de un mes para adaptar las nuevas normas de transparencia corporativa

Las exigencias incluyen la puesta en funcionamiento de una web en la que deberán incluir toda la información de los registros oficiales

El Gobierno prepara una nueva Orden Ministerial específica para las cajas

G.R.

Madrid

El vicepresidente primero del Gobierno y ministro de Economía, Rodrigo Rato, presentó ayer las nuevas normativas para garantizar la transparencia y el buen gobierno de las empresas que fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las exigencias de la normativa, articulada a través de dos Órdenes Ministeriales que entran en vigor hoy, serán efectivas dentro de un mes, margen que concede el Gobierno como periodo de adaptación.

Antes del próximo 7 de febrero, las empresas tendrán que disponer de una web en la que publicarán, entre otros aspectos, las relaciones societarias, así como los vínculos y las retribuciones de los miembros del consejo de administración, según la nueva normativa de transparencia corporativa.

El vicepresidente primero del Gobierno, Rodrigo Rato, comparecía ayer ante los medios de comunicación para presentar la puesta en marcha de nuevas medidas de transparencia corporativa y buen gobierno que el Ejecutivo introduce como garantía para inversores y accionistas.

La normativa que hoy entra en vigor da un paso más en el desarrollo de la Ley Aldama que, además de obligar a las empresas a realizar un informe anual de sus actividades, impone su publicación mediante cualquier soporte técnico e informático, y especialmente desde Internet. Así, cualquier accionista, presente o futuro, podrá acceder a la misma información que existe en los registros oficiales a través de las páginas web dentro de un mes.

A este respecto, el Ministerio de Economía dotará a la CNMV de facultades para supervisar el cumplimiento de las exigencias así como posibles modificaciones.

De las normas recogida en un amplio articulado destaca la obligación de dar a conocer los salarios y retribuciones de los consejeros, así como sus relaciones con los principales accionistas. A continuación se recogen los principales puntos que deben ser incluido en el informe anual.

GOBIERNO CORPORATIVO

La estructura de la propiedad de la sociedad:
-Identidad de los accionistas que cuenten con participaciones significativas, directas, indirectas, o en virtud de pactos o acuerdos entre accionistas, con referencia a los porcentajes que correspondan a las indicadas participaciones.

 -Relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria entre los titulares de participaciones significativas.

 -Indicación de los consejeros que hayan sido nombrados o promovidos en representación de los titulares de participaciones significativas.

 -Señalamiento de las participaciones accionariales que ostenten los miembros del consejo de administración.

 -Indicación de la existencia de pactos parasociales comunicados a la propia sociedad y a la CNMV con referencia al contenido y accionistas vinculados. 

-Especificación del porcentaje de autocartera de la sociedad.

Estructura de la administración de la sociedad.
-Composición del Consejo de administración.

-Reglas de organización y funcionamiento del Consejo de administración.

-Reglas de organización y funcionamiento de las comisiones del Consejo de administración. 

-Remuneración de los miembros del Consejo de Administración.

-Indicación de los consejeros vinculados a accionistas con participaciones significativas.

-Indicación de la existencia e identidad de miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de administración de sociedades que ostenten participaciones significativas en la sociedad cotizada.

-Procedimientos de selección, reelección y remoción de consejeros.

Operaciones vinculadas e intragrupo. 
Sistemas de control del riesgo.
Funcionamiento de la Junta General y desarrollo de las sesiones de la Junta.
Grado de seguimiento de las recomendaciones en materia de buen gobierno o, en su caso, explicación de la falta de seguimiento de las recomendaciones.
Fuente-Ministerio de Economía


Peculiaridades de las cajas

El ministro de Economía informó, además, de que el Gobierno remitirá una Orden dirigida a las cajas que emitan valores con negociación en mercados oficiales de valores. El borrador será remitido al Comité Consultivo de la CNMV y de ahí al Consejo de Estado para su publicación en el BOE en menos de un mes.

La norma general es similar a la que rige a las sociedades anónimas pero con las pecualiaridades de las entidades financieras regionales. Dentro de las características propias, la normativa incluye "información sobre la Asamblea General y el Consejo de Administración". A ello se unen el resto de exigencias que afectan a las sociedades anónimas, incluida la de disponer de una página web.

Entidades sin ánimo de lucro

La segunda Orden Ministerial que hoy entra en vigor se refiere a un código de conducta a seguir en las inversiones de las entidades sin ánimo de lucro. Economía insiste en que este tipo de entidades, entre ellas las mutuas, fundaciones, colegios profesionales, organizaciones religiosas, deberán establecer sistemas de selección y gestión de inversiones proporcionales a sus inversiones, así como discriminar entre las mismas.

Las entidades deberán de tener en cuenta la seguridad, liquidez y rentabilidad en la selección de inversiones financieras temporales y diversificar los riesgos. Además, el Ejecutivo hacía mención a la necesidad de "evitar la realización de operaciones especulativas".

El ministro de Economía reconoció que la regulación de este área recoge las recomendaciones de la comisión de investigación del Parlamento español tras el caso Gescartera en el que se vieron implicadas varias organizaciones religiosas.



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