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El Gobierno dobla los incentivos fiscales por gastos en personal investigador para fomentar la I+D
La Ley de Acompañamiento contempla que las prestaciones por nacimiento, adopción, hijos a cargo, maternidad y ciertas becas queden exentas de IRPF
Estrella Digital/ EP
 Madrid
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El Gobierno ha elevado la deducción en el Impuesto sobre Sociedades para los gastos destinados al personal investidaror, desde el 10% actual hasta el 20%, según recoge la Adenda al anteproyecto de Ley de Acompañamiento, que remitió ayer el Ejecutivo al Consejo Económico y Social y al Consejo de Estado. La ley contempla también la exención de IRPF para las prestaciones por nacimiento, adopción, hijos a cargo, maternidad y las becas concedidas por entidades sin ánimo
de lucro.
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El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, señaló, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que los nuevos incentivos al personal investigador pretenden favorecer el tratamiento fiscal a la I+D+i, incentivando la inversión en nuevas tecnologías para que la economía española mejore su productividad y competitividad exterior. En esta misma línea, el Gobierno ha incluído también en la Ley de Acompañamiento un aumento de la base de la deducción en la adquisición de patentes, licencias y diseños, que pasa de 500.000 euros a un millón. Igualmente, el límite de deducción por I+D+i se eleva del 45 al 50% de la cuota íntegra cuando el importe de esa deducción supere el 10% de dicha cuota.
En el ámbito del IRPF, la Adenda recoge la exención de todas las prestaciones públicas por nacimiento, adopción, hijos a cargo y maternidad, al tiempo que quedan exentas las becas para estudios en España o en el extranjero concedidas por entidades sin fines lucrativos.
Asimismo, se equipara el régimen fiscal de las entregas de cuotas participativas de las cajas de ahorros al establecido para las entregas de acciones y de opciones sobre acciones. De este modo, las entregas de cuotas participativas de las cajas a sus trabajadores no se considerarán retribuciones en especie, con un límite máximo de 12.000 euros anuales por trabajador. Además, las opciones sobre cuotas participativas entregadas a empleados de cajas de ahorros tendrán el régimen fiscal de las opciones sobre acciones.
Desaparece Sucesiones en Ceuta y Melilla
El Gobierno ha aprobado también la reducción del 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Ceuta y Melilla, tanto para los hijos como para los cónyuges, ya que las ciudades autónomas no tienen capacidad normativa para reducir este impuesto, a diferencia del resto de comunidades. Las regiones gobernadas por el PP también suprimirán este impuesto a partir del próximo año, pero de una forma gradual, es decir, en el 2004 lo eliminarán para los descendientes y hasta el 2007 para los ascendientes y cónyuges.
La Adenda a la Ley de Acompañamiento contempla, asimismo, la ampliación de la posibilidad que tienen las entidades locales de aplicar bonificaciones de hasta el 50% en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y de hasta el 95% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento de energía solar. En la actualidad, esa bonificación sólo puede aplicarse en el caso del autoconsumo.
Sociedades de capital-riesgo
En el caso de las sociedades de capital-riesgo, se amplía hasta el decimoquinto año el plazo de aplicación de la exención del 99%, se eleva de dos a tres años el plazo máximo para transmitir las participaciones que tengan en sociedades que empiecen a cotizar en mercados de valores regulados y se favorece la inversión extranjera en sociedades de capital-riesgo. Además, se extiende la exención por participaciones en empresas familiares a los titulares de derecho de usufructo sobre dichas participaciones.
En el materia social, se tipifica como infracción la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, complementarias, descansos, vacaciones y permisos. |