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La Comisión Europea adoptó ayer un reglamento sobre la aprobación de las normas contables internacionales (IAS), así como interpretaciones conexas que confirman su aplicación obligatoria a partir del ejercicio 2005, de acuerdo al reglamento general aprobado en el 2002.
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Este reglamento engloba todas las normas contables internacionales y sus interpretaciones, excepto las normas denominadas 32 y 39, sobre la contabilización y publicidad de los instrumentos financieros, porque están siendo revisadas a nivel internacional, y las interpretaciones 5, 16 y 17.
Según el comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, con este texto se ayudará a las 7.000 entidades que cotizan en bolsa a que se preparen para el 2005, fecha en la que sus cuentas consolidadas deberán cumplir las normas internacionales. "Permitirá poner fin a la cacofonía actual de información financiera, reforzará la competencia y la transparencia y facilitará mucho la libre circulación de capitales", añadió.
El reglamento sobre las IAS adoptado en el 2002 obliga a las sociedades que cotizan, incluidos bancos y empresas de seguros, a crear cuentas consolidadas conforme a las IAS desde el 2005, pero antes de ser jurídicamente vinculantes en virtud de este reglamento, las IAS deben ser aprobadas previamente por la Comisión, tras consulta del comité de reglamentación contable donde todos los Estados miembros están representados, y de un grupo sobre información financiera compuesta de expertos de la contabilidad del sector privado.
Los Estados miembros pueden ampliar la obligación prevista en el reglamento IAS a las sociedades no cotizables, así como a las cuentas sociales. Contrariamente a las directivas, los reglamentos de la Unión tienen efecto directo, sin que sea necesaria transposición al derecho nacional. |