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Estrella
Económica - Economía
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27 de septiembre
de 2003
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El Gobierno subirá un 2% las tasas y
congelará los impuestos especiales
La Ley de Acompañamiento contempla la exención del pago del Impuesto de Sucesiones en caso de fallecimiento por acto terrorista y en misiones de paz
Estrella Digital/ EP
 Madrid
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El consejo de ministros examinó ayer un informe del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, sobre el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para el 2004, conocida como Ley de Acompañamiento, para su remisión al Consejo de Estado, al Consejo Económico y Social y al Parlamento Canario. Del anteproyecto destaca la anunciada congelación de los impuestos especiales, la subida del 2% en las tasas con carácter general, y la exención del pago del Impuesto de Sucesiones en los casos de fallecimiento por actos terroristas
y en misiones de paz.
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Entre las medidas más destacadas que incluye se encuentran:
-No hay subida de tipos impositivos en los Impuestos Especiales.
-Se transpone a la normativa española la Directiva europea sobre la fiscalidad del ahorro en la que se establece que las retenciones practicadas en los Estados que no se acojan transitoriamente al mecanismo de intercambio de información tendrán la consideración de pago a cuenta en el IRPF español.
-Se transpone la Directiva relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones, por la que se determina la exención de los intereses satisfechos a sociedades asociadas residentes en la Unión Europea. Se adapta el concepto de cánones fijado en la norma comunitaria y se aprueba un gravamen del 10 por ciento para los cánones.
-En el caso de fallecimiento por actos de terrorismo o por servicios prestados en misiones internacionales, humanitarias o de paz, la reducción del 100 por ciento en el Impuesto sobre Sucesiones para los beneficiarios de seguros de vida se aplicará sin límite cuantitativo y se hará extensible a cualquier beneficiario.
-Se declaran exentas de tributación las ayudas públicas concedidas a causa de los daños causados por las lluvias acaecidas en marzo de 2002 en Tenerife.
-Se declaran exentas del Impuesto sobre las Primas de Seguros las operaciones relativas a planes de previsión asegurados.
-Se actualizan las tasas con carácter general al 2%.
-Se actualiza, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2002, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
-Se establece la obligación para los notarios de advertir a los interesados de sus obligaciones respecto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
-Se modifica la limitación a la posibilidad de acumular pensiones de viudedad y orfandad, y se establece un único límite (el 100% de la base reguladora) a todo el conjunto de pensiones.
-Se regula el Programa de Fomento del Empleo para el año 2004.
-Se mejora y sistematiza el régimen jurídico de infracciones y sanciones en materia de formación profesional.
-Se tipifica como infracción no transmitir por medios telemáticos los partes médicos de baja, confirmación de la baja o alta de incapacidad temporal.
-Se amplía el ámbito temporal de aplicación de la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo de 8 de octubre de 1999, hasta el 31 de diciembre del 2004.
-Se amplía en diez años el plazo de cancelación de los préstamos otorgados a la Seguridad Social por el Estado a los que se refiere el Real Decreto-Ley 6/1992 y la Ley 21/1993.
-Se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Real Decreto-Ley 9/1993, por el que se conceden ayudas sociales a los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana.
-Se modifica el concepto de pensión pública por lo que se excluyen del cómputo las abonadas a través de planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos promovidos por las administraciones, organismos, entidades y empresas del sector público.
Esta disposición se deriva del Convenio Administración-Sindicatos, firmado el pasado año, por el que se establece un incremento de las retribuciones del personal del sector público del 2% y se incorpora al importe de las pagas extraordinarias el 40% del complemento de destino correspondiente.
También se añaden al articulado las modificaciones legislativas necesarias para instrumentar los planes de pensiones de empleo y seguros colectivos, y se fija el importe de las aportaciones en un 0,5% de la masa salarial, cuyo cumplimiento se recoge en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el 2004.
-Se adapta a las Directivas comunitarias la normativa de contabilidad y auditoría de cuentas.
-Se regula la garantía financiera a buques que soliciten acceso a lugares de refugio.
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