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CINCO DÍAS - EMPRESAS   

30 de junio de 2003    


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Comienza la cuenta atrás para aprovechar las rebajas del nuevo IRPF

Violeta Mazo / MADRID

Asalariados con opciones sobre acciones, personas con hijos, inversores en fondos de inversión y propietarios de vivienda en alquiler son los contribuyentes más favorecidos por la reforma del IRPF, en vigor desde enero de 2003. Para aprovechar al máximo las rebajas del nuevo impuesto hay que empezar cuanto antes a ajustar las cuentas. Ahorrar para la jubilación, moverse de un fondo de inversión a otro y saber combinar las pérdidas con las ganancias son algunas claves para no pagar de más.


Hoy se dice adiós a un IRPF que ha permanecido casi invariable durante cuatro años. En este tiempo, el Gobierno ha evitado actualizar la escala de gravamen o las reducciones para así adecuarlas a la realidad económica. En su lugar, ha optado por abordar una reforma parcial que está en vigor desde enero de 2003. Para evitar sobresaltos cuando llegue la próxima declaración de la renta, conviene preparar con tiempo la factura con Hacienda.

Trabajadores. La reducción por cobrar rentas generadas en más de dos años o tener planes de opciones sobre acciones pasa del 30% al 40%. En el caso de las opciones, se fija un límite máximo de reducción de 12.633,6 euros, que puede doblarse en algunos casos. Para todos los trabajadores se actualizan las reducciones generales en función del nivel de ingresos. La reducción mínima se fija en 2.400 euros. La cuantía se dobla si se acepta un trabajo en una localidad distinta a la de residencia o se prolonga la vida laboral.

Hijos. Tanto para los padres como para las madres se actualizan las reducciones por hijos a cargo. Sólo en el caso de las madres trabajadoras se crea una deducción en la cuota de 1.200 euros. Se puede pedir a Hacienda el cobro anticipado de esta cantidad y cada mes la madre recibirá 100 euros.

Vivienda. Los propietarios de vivienda que la den en alquiler podrán reducir un 50% sus ingresos. Además, se siguen deduciendo los mismos gastos que hasta ahora. Como novedad, éstos no pueden superar los ingresos.

Para ajustar las cuentas con Hacienda puede abrirse una cuenta ahorro vivienda, ya que da derecho a una deducción que no ha cambiado.

Inversores. Las ganancias por ventas de activos a más de un año tributan al tipo fijo del 15% y las retenciones también serán del 15%. Como novedad, el reembolso de participaciones en un fondo no tributa si el dinero obtenido se reinvierte en la compra de otras participaciones.

Para aprovechar las pérdidas hay que fijarse en su antigüedad. A más de un año se compensan con ganancias a más de un año. Con menor plazo, las pérdidas pueden utilizarse para reducir el sueldo, hasta un límite.

Los empresarios. Desaparece la exención por reinversión de bienes afectos a actividades. El límite máximo para optar por la estimación simplificada es de 600.000 euros. Para estar en módulos no se pueden tener más de 450.000 euros de ingresos o 300.000 euros en actividades agrícolas y ganaderas.

Planes de pensiones. Las aportaciones máximas al plan que dan derecho a reducción se redondean al alza. De cara al partícipe, se equiparan los planes de previsión asegurados a los planes de pensiones.

Gravamen. La escala general de gravamen tiene ahora menos tramos. El tipo marginal mínimo pasa del 18% al 15% y el tipo máximo pasa del 48% al 45%. El tipo de la escala especial es del 15%.



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