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Esta directiva forma parte del paquete fiscal aprobado por el Ecofin la pasada semana, tras seis años de negociaciones, junto a otra Directiva sobre Intereses y Cánones y un Código de Conducta sobre fiscalidad empresarial que, según Rodríguez-Ponga, supone "el primer paso en el camino para la convergencia fiscal" al eliminar la competencia fiscal entre países europeos.
Además, subrayó que con su aplicación se logrará un aumento de la recaudación en los países europeos, al reducirse las posibilidades de fraude fiscal y haber mayor control sobre la evasión de capitales.
El principal objetivo de la Directiva del Ahorro es gravar en un estado miembro los intereses obtenidos en otro estado de la UE por los residentes del primero, a través de un sistema de intercambio de información automático entre las distintas administraciones fiscales.
En este sentido, el pagador deberá identificar al inversor y su residencia; en caso de ser residente comunitario, facilitará a la Administración Tributaria del pagador la identidad del inversor, lugar de residencia y cuantía de los pagos, y esta comunicará los datos a las administraciones tributarias de los inversores.
Esto sólo afecta a inversores que sean personas físicas, no sociedades, que tengan cuentas y depósitos bancarios, obligaciones interiores e internacionales, intereses corridos, obligación de cupón cero, distribuciones de fondos de inversión de renta fija e intereses capitalizados de fondos de capitalización.
El principio general es el intercambio de información fiscal entre todos los países de la UE --incluidos los de la ampliación y los territorios dependientes asociados, como Gibraltar-- a partir del 1 de enero de 2005, aunque se ha establecido un periodo transitorio hasta más allá de 2011 en el caso de Bélgica, Luxemburgo y Austria para modificar sus legislaciones nacionales sobre el secreto bancario.
El periodo transitorio finalizará cuando se alcancen acuerdos para el intercambio de información con Estados Unidos, Suiza, Mónaco, Andorra, San Marino y Liechtenstein.
Acuerdo con Suiza
Por el momento, según explicó Rodríguez-Ponga ya existe acuerdo con Suiza para adoptar medidas equivalentes a las adoptadas en la UE, con el objetivo de evitar la deslocalización de capitales a través de una retención a residentes en la UE, que (igual que en Bélgica, Luxemburgo y Austria) será del 15 por ciento entre 2005 y 2007, del 20% entre 2008 y 2010, y del 35 por ciento a partir de 2011.
El 75 por ciento de esta retención se destina al país de residencia del inversor, y el 25 por ciento restante al país retenedor. En el caso de Suiza, se contempla la posibilidad de una renuncia voluntaria a la retención en caso de que el beneficario efectivo autorice el intercambio de información. A cambio, Suiza ha obtenido la aplicación a sus empresas de los beneficios de las directiva matriz-filial para evitar la retención a los dividendos pagados por una filial a su matriz dentro de la UE, y de la directiva de intereses y cánones, excepto en España hasta que se produzca el intercambio efectivo de información.
En cuanto a la Directiva de Intereses y Cánones, que entrará en vigor en 2005, su objetivo es eliminar retenciones por este concepto a empresas asociadas de otro estado miembro, que estén sujetas a Impuesto sobre Sociedades o similar. No obstante, España tiene un periodo transitorio de seis años durante los cuales podrá seguir practicando retención a los cánones (propiedad industrial e intelectual, marcas, patentes, derechos de autor, alquileres de equipos, leasing, programas informáticos), de acuerdo con los convenios bilaterales para evitar la doble imposición.
"Pacto de caballeros"
En cuanto al código de conducta de fiscalidad empresarial, Rodríguez-Ponga lo calificó como un "pacto de caballeros" o de "juego limpio", cuyo objeto es eliminar la competencia fiscal perjudicial entre países dentro de la UE. Para ello, los estados miembros examinan todos los regímenes fiscales especiales y se comprometen a desmantelar los que resulten perjudiciales y a no establecer otros que puedan serlo.
De las 66 medidas consideradas perjudiciales en la UE, tres correspondieron a España (el Régimen Especial sobre Hidrocarburos y los centros de coordinación de País Vasco y Navarra), que ya han sido eliminados. |