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Estrella Económica - Economía 

31 de mayo de 2003  



El Gobierno aprueba las nuevas reglas del juego para las relaciones entre Hacienda y el contribuyente

El anteproyecto de Ley Tributaria que se envía ahora al Congreso prevé menores sanciones si se pagan en período voluntario y crea las actas con acuerdo

Hacienda ha modificado su propuesta a petición del Consejo de Estado para hacer más proporcional la nueva multa por obstrucción a la acción tributaria

Estrella Digital/Agencias

Madrid

El consejo de ministros aprobó ayer la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley General Tributaria, que regula las relaciones entre las Administraciones tributarias y los ciudadanos. El texto incorpora las principales modificaciones sugeridas en el informe realizado por el Consejo del Estado y prevé la reducción de las sanciones cuando se paguen en período voluntario y la creación de las actas con acuerdo.

El nuevo texto permitirá adaptar plenamente la Ley General Tributaria a la Constitución, ya que la norma actual data del año 1963. Además, armoniza las reformas de la ley llevadas a cabo en 1985 y en 1995. Asimismo, la nueva Ley General Tributaria servirá para incorporar los principios del Estatuto del Contribuyente, aprobado por la Ley de Derechos y Garantías de los Contribuyentes de 1998, y para regular coordinadamente todos los procedimientos tributarios (gestión, inspección, recaudación, régimen sancionador y revisión) y la utilización de las nuevas tecnologías.

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, destacó en la rueda de prensa posterior a la reunión del consejo de ministros que entre los objetivos de la norma está la mejora de los derechos y las garantías de los contribuyentes reforzando la seguridad jurídica. El texto, además, objetiva el régimen de infracciones y sanciones, lo que permitirá reducir la discrecionalidad administrativa. Igualmente, se pretende reducir la litigiosidad en materia tributaria y, por otra parte, aumentar la capacidad de lucha contra el fraude y lograr mayor efectividad en el cobro de deudas tributarias.

Novedades

Entre las principales novedades del proyecto de Ley General Tributaria, destacan las ampliación de los plazos que tienen los contribuyentes para recurrir de quince días a un mes, y la agilización de la resolución de las reclamaciones, con la creación de órganos unipersonales en los Tribunales Económico-Administrativos. El texto prevé también que todas las consultas tributarias escritas serán vinculantes y se establece un criterio único para la administración tributaria. Asimismo, contiene más facilidades para el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, ya que las sanciones se reducen un 25% cuando se paguen en período voluntario y en un 50% en el caso de las nuevas actas con acuerdo.

Por otra parte se establece una nuevo régimen sancionador, en el que con carácter general la sanción para las infracciones leves es del 50%, para las graves de entre el 50 y 100% y para las muy graves entre el 100 y 150%. También se fijan nuevos criterios de graduación: comisión repetida de infracciones (la sanción aumenta entre el 5 y el 25%) y perjuicio económico para la Hacienda Pública (entre el 10 y el 25% en función de la cuantía).

Además se crea una nueva sanción por resistencia, negativa u obstrucción a las actuaciones de la Administración tributaria, con una mayor proporcionalidad en la cuantía de esta sanción, conforme a las observaciones del Consejo de Estado, si bien, ahora se ha introducido "mayor proporcionalidad" en la cuantía de esta multa, según Montoro, conforme a las observaciones del Consejo de Estado.

El proyecto de ley también incluye la regulación de los nuevos procedimientos de gestión como la presentación de autoliquidaciones, las comunicaciones de datos con el modelo 104, las devoluciones, las verificaciones de datos o paralelas y las comprobaciones limitadas. Asimismo, se regula el cumplimiento de las obligaciones tributarias por medios telemáticos.

Antifraude

En materia de lucha contra el fraude, se crea la figura del conflicto en la aplicación de la norma tributaria y conforme al criterio del Consejo de Estado, las liquidaciones que se practiquen por la utilización de esta figura no llevan aparejada sanción. También se crean nuevos supuestos de responsabilidad (sucesión en la actividad, administradores de hecho y contratos y subcontratos de obras o servicios).

Sobre el conflicto en la aplicación de la norma tributaria, Montoro explicó que el Gobierno ha decidido recoger el cambio propuesto por el Consejo de Estado respecto a incluir este término y sin que lleve aparejada sanción, tal y como pedía la comisión de expertos a la que se encargó el borrador de la reforma, porque parece un término "más neutro" para denominar el "fraude de ley" -cuando se recurre a operaciones legales para reducir la factura fiscal-. Esta figura pasó a denominarse "abuso de ley" en el borrador de esta futura ley.



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