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La Agencia Tributaria recuerda que este sistema de devolución está abierto, con carácter general, a los contribuyentes que el año pasado percibieron rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador hasta 21.035,42 euros brutos.
A los no declarantes que se acogieron a este sistema el año pasado y de los que se dispone de datos, la Agencia Tributaria les ofrece la posibilidad de calcular su devolución, que no tendrán más que firmar si están de acuerdo con el resultado para darse así por cumplimentado el trámite.
El resto de no declarantes puede presentar su solicitud de devolución en las oficinas de la propia Agencia Tributaria, mediante los modelos 104 ó 105, o por teléfono, a través del 901-200-345.
Desde el 3 de marzo, fecha en que se abrió el plazo para solicitar la devolución rápida, la Agencia Tributaria ha recibido casi un millón de peticiones, lo que representa un incremento del 7% respecto a las realizadas en el mismo periodo del año pasado.
La Agencia Tributaria prevé finalizar las devoluciones rápidas el 15 de mayo, lo que supondría un adelanto de quince días respecto al año pasado, y de un mes respecto a lo estipulado en la ley.
Hasta la fecha, este organismo dependiente del Ministerio de Hacienda ha tramitado 391.000 devoluciones rápidas, el 4,5% más que el pasado ejercicio, por un importe total de 119 millones de euros. |