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EXPANSIÓN - FISCAL   

14 de abril de 2003    


La transparencia fiscal

Expansión - Madrid

¿Cómo tributan ahora las sociedades en régimen de transparencia fiscal?


La normativa que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sociedades, ha sufrido una importante modificación en este sentido. De esta forma, se ha suprimido el régimen de transparencia fiscal dando paso a un nuevo régimen que se denomina “régimen de las sociedades patrimoniales”.

En cuanto al modo de tributar de estas sociedades, éstas se encuentran sujetas a unas reglas especiales. La primera regla es que la base imponible se dividirá en dos partes, la general y la especial, cuantificándose ambas, con matizaciones, según las normas que regulan el IRPF. Así, la especial, se integrará, básicamente, con el producto que se obtenga por las ventas de elementos del activo. La segunda regla es que en consonancia con lo anterior, los gastos que la sociedad objeto de consulta podrá deducir, serán los que permita el IRPF y, en cualquier caso, no podrán superar la cuantía de los rendimientos íntegros, lo que significa que el rendimiento neto no podrá ser negativo.

No obstante, hay que tener en cuenta que, por aplicación de la reglas del IRPF, los rendimientos netos procedentes del arrendamiento de las viviendas podrán reducirse en un 50%. Como última regla, la base imponible tributará al tipo del 40% y la especial al 15%. Para finalizar, hay que destacar que se permite la disolución de sociedades transparentes, adjudicando los bienes a los socios, con una reducción de los impuestos.



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