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El secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodríguez-Ponga, presentó ayer el Real Decreto que aprueba el reglamento para determinados censos tributarios y que regula la utilización del Número de Identificación Fiscal (NIF) y la gestión del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), con el objeto de simplificar y mejorar el control del fraude tributario. Rodríguez-Ponga señaló, en rueda de prensa, junto con el director general de Tributos, Miguel Angel Sánchez, que mediante el Real Decreto se aprueba un solo modelo de declaración censal para los 2,2 millones de contribuyentes exentos del IAE, que integra y simplifica toda la información contenida anteriormente en la declaración de este impuesto, ahora suprimido parcialmente.
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La nueva normativa engloba el censo de contribuyentes -incluye a todas las personas o entidades que tengan atribuido un NIF-, el censo de obligados tributarios -empresarios, profesionales y obligados a retener-, el nuevo registro de Operadores Intracomunitarios -sujetos pasivos del IVA que realizan entregas y adquisiciones intracomunitarias- y el registro de Exportadores y otros Operadores Económicos en régimen comercial -empresarios y profesionales que tengan derecho de devolución mensual-, que serán gestionados todos por la Agencia Tributaria.
Hacienda establecerá las declaraciones censales de alta (cuando se inicia la actividad), modificación (cuando se producen cambios) y baja (cuando se produce el cese de la actividad), que sustituyen a las anteriores de comienzo y cese y que se tendrán que comunicar en el plazo de un mes. El Real Decreto fija, además, la obligación de los contribuyentes de comunicar el cambio del domicilio fiscal en el plazo de un mes a partir de que se produzca.
Con el fin de mejorar la lucha contra el fraude, Rodríguez-Ponga indicó que la Agencia Tributaria podrá dar de baja de oficio a los obligados tributarios en los registros de Operadores Intracomunitarios y de Exportadores cuando se incumpla la obligación de comunicar el cambio de domicilio fiscal y cuando, al tener un NIF provisional, no se aporte la documentación necesaria para obtener uno definitivo en el plazo de tres meses.
Otra de las modificaciones se debe a la aprobación de la Ley de la Sociedad Limitada Nueva Empresa y, por ello, se recogen las especialidades de estas sociedades, que mediante la presentación del documento único electrónico podrán cumplimentar la declaración censal. El Real Decreto, que salió ayer a información pública, incluye también, según explicó Sánchez, la reforma del procedimiento de asignación del NIF de las personas jurídicas y entidades sin personalidad. Así, las entidades deberán solicitar el NIF mediante declaración censal dentro del mes siguiente a la constitución o establecimiento de la actividad en España.
Plazo para el NIF provisional
Por su parte, la administración tributaria se compromete a asignar un número provisional de NIF en un plazo máximo de 10 días -hasta ahora no se regulaba un plazo-, que se convertirá en definitivo cuando el contribuyente haya entregado la escritura de constitución de la actividad y su inscripción en el registro. En este plazo, la Agencia Tributaria podrá realizar las investigaciones y controles pertinentes para detectar el posible fraude en la constitución de empresas. Además, con el fin de agilizar la creación de empresas, la Agencia Tributaria podrá firmar convenios de colaboración con otros organismos, como los registradores, para exonerar a las nuevas empresas de presentar la declaración censal y solicitar la asignación del NIF.
El Real Decreto fija también normas para la gestión del IAE y mejora la regulación censal de este impuesto. En concreto, establece que esta declaración deberá hacerse en un plazo de diez días hábiles anteriores al inicio de la actividad y, para los contribuyentes que pierdan la condición de exentos del impuesto, en el mes de diciembre del año inmediato anterior. Igualmente, la regulación de declaración censal del IAE se puede delegar, además de a las diputaciones provinciales, cabildos y comunidades autónomas, a otros organismos como agrupaciones de municipios o entidades metropolitanas. |