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SUR DIGITAL - ECONOMÍA   

01 de marzo de 2003    


La nueva ley tributaria suaviza las multas y otorga mayor seguridad al contribuyente

F. PASTOR/COLPISA. MADRID

La norma pretende agilizar los procesos recaudatorios para evitar una excesiva judicialización de los conflictos de los ciudadanos con Hacienda. El objetivo es unificar los criterios con los que el Fisco actúa con los contribuyentes


El proyecto de Ley General Tributaria que ayer aprobó el Consejo de Ministros contempla que todas las consultas que los contribuyentes hagan a Hacienda o la Agencia Tributaria sobre el pago de impuestos tengan carácter vinculante, es decir, que se puedan alegar como legales y de obligado cumplimiento dentro del proceso de que se trate, según confirmaron fuentes oficiales. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, presentó al Gobierno el borrador con la nueva norma, uno de cuyos principales objetivos es unificar los criterios con los que el Fisco actúa con todos los contribuyentes y darle una mayor seguridad jurídica a las relaciones con Hacienda, argumento en el que se fundamenta el carácter vinculante de todas las consultas tributarias.

Junto con esa gran finalidad, la norma pretende agilizar al máximo los procesos recaudatorios y suavizar el sistema de sanciones, para evitar una excesiva judicialización de los conflictos de los ciudadanos con la Agencia Tributaria. Es por ello que se establece una deducción del 25% de la multa a pagar cuando se haga en el periodo voluntario, por un lado, y un descuento de la mitad de la sanción por cometer algún tipo de infracción cuando exista un «acta de acuerdo» entre las partes sobre la aplicación de la ley.

 
NOVEDADES

Se pretende centrar todo en la ocultación de datos al Fisco.

Sanción leve: cuando no hay intención de ocultar datos, sino que se olvidan o no se conocía la obligación de darlos.

Sanción grave: cuando los datos se oculten con la intención de reducir el coste fiscal de algún hecho imponible.

Sanción muy grave: ocultación de datos, pero utilizando para ello «métodos fraudulentos con una especial peligrosidad», como las facturas falsas o las sociedades ficticias.

La nueva norma pretende poner al día toda la dispersión normas que existen en este tipo de legislación en la actualidad, que parte de una ley preconstitucional de 1963, con dos modificaciones en 1985 y 1995, pero que planteaba problemas de interpretación y contradicciones. Una de las prioridades es reducir el número de litigios que cada año se generan entre particulares y Administración por la diferente interpretación de las normas tributarias dispersas, que están entre 150.000 y 200.000 al año, con la tipificación concreta y exacta de lo que son infracciones leves, graves y muy graves, con sus correspondientes sanciones.

Infracciones y sanciones

Hasta ahora, las infracciones tributarias se basaban en el hecho de no pagar a Hacienda lo debido, pero con la nueva filosofía de la norma se pretende centrar todo en la ocultación de datos al Fisco. También se considera en el informe que servirá para hacer la ley que todas las infracciones que no superen los 3.000 euros serán de carácter leve, salvo si se trata de un caso de retenciones fiscales mal realizadas o anotadas y no pagadas, que siempre se considerará grave o muy grave. Esa calificación de infracciones, que hasta ahora no existía como tal, conlleva diferentes sanciones, muy benévolas con las leves -no pasarán de una multa del 50% de lo que se defraudaba-, y más duras con las graves -entre el 50% y el 100%- y las muy graves -del 100% al 150%-.

También seguirá en vigor el «acta de confirmación», que se diferencia del anterior en que no se discute sobre una diferente interpretación de la aplicación de una norma, sino que es Hacienda quien detecta el error, dispone lo correcto y se lo comunica al contribuyente.

Cláusula antiabuso

Otra de las grandes finalidades de la nueva norma es potenciar la lucha contra el fraude y aprovechar al máximo las nuevas tecnologías de la información de dispone que la Agencia Tributaria.

La ley establece un sistema para evitar el espinoso tema de los fraudes de ley en materia fiscal, que es lo que ocurre cuando se aplica una norma sobre una situación o hecho para el que no está pensada, con el único objetivo de aprovechar las ventajas fiscales que ofrece.



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