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Estrella Económica - Economía 

09 de enero de 2003  



Hacienda retrasa al 15 de enero la presentación de solicitudes para la paga mensual a las madres trabajadoras

 El modelo 140 se podrá pedir por correo ordinario, en el 901 200 345 o a través de internet, sin el requisito de certificado electrónico

Estrella Digital

Madrid

El Ministerio de Hacienda ha retrasado hasta el 15 de enero las entrega de solicitudes de la paga mensual de 100 euros por hijo que podrán demandar las madres trabajadoras con hijos menores de tres años. En un primer momento, estos impresos tendrían que haber estado a disposición del público a principios de este mes, aunque será este viernes cuando el Consejo de Ministros apruebe el Reglamento del nuevo IRPF que entró en vigor el 1 de enero y que rige esta medida.

Así, a partir del día 15, las mujeres que se encuentren en esta situación podrán solicitar por correo ordinario, en el 901 200 345, o por internet, sin necesidad de disponer del certificado electrónico, el modelo 140 de la Agencia Tributaria para recibir por anticipado la paga mensual. También habrá modelos de solicitud en el Registro Civil y en las oficinas de la Agencia Tributaria.

La solicitante deberá comunicar sus datos identificativos y los de sus hijos, el régimen y número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad en el que figure de alta y la cuenta corriente con 20 dígitos en la que se desea recibir el ingreso.

Cualquier modificación en los datos comunicados debe ser declarada presentando el modelo 140 o llamando al 901 200 345 en el plazo de 15 días desde que se produzca.

Una vez recibidas las peticiones, Hacienda comprobará la veracidad de los datos y los requisitos necesarios: haber cotizado más de 15 días al mes y ganar al menos el Salario Mínimo Interprofesional, aunque no se tenga obligación de hacer la Declaración de la Renta.

Tras autentificar estas exigencias, será este departamento el encargad de abonar de oficio los 100 euros mensuales mediante transferencia bancaria. En caso de que no proceda, la Agencia Tributaria lo comunicará explicando las causas.

Para informar a las madres trabajadoras que tienen derecho a esta deducción, alrededor de 500.000, Hacienda comenzará a enviar la próxima semana 290.000 cartas en las que se explica que la deducción total asciende a 1.200 euros anuales por hijo y se calcula proporcionalmente al número de meses cotizados.

En estas cartas también se informará a las madres sobre la posibilidad de recibir el pago de forma anticipada o incluir la deducción total en la declaración anual del IRPF o en la solicitud de devolución rápida para las madres no obligadas a declarar.

Con carácter general, tienen derecho a esta deducción las madres trabajadoras con hijos menores de tres años que trabajen por cuenta propia o ajena, dadas de alta en la Seguridad Social o en una Mutualidad que convivan con los hijos, siempre que éstos no obtengan rentas anuales superiores a 8.000 euros.

En el caso de hijos adoptados o acogidos, la deducción se podrá aplicar durante los tres años posteriores a la fecha de la inscripción de la adopción o del acogimiento en el Registro Civil. Además, el padre o tutor, en caso de fallecimiento de la madre o cuando se tenga la guarda y custodia de forma exclusiva, tendrá derecho a dicha deducción siempre que cumpla con los requisitos.



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