Nuestra sugerencia es rebajar el saldo de la hipoteca, sin duda alguna.
En primer lugar, considerando que en ambos casos habría una bonificación fiscal, dada la edad que tiene, entendemos que se encuentra en una época en donde es mejor disminuir deudas que crear ahorro, máxime cuando éste estaría inmovilizado hasta la edad de la jubilación.
Por otra parte, en el caso de aportaciones a fondos de pensiones, al ahorro fiscal que se le produciría al 37 por ciento de tipo marginal habría que descontarle –para ser exhaustivos– el coste que tendría en el momento de rescatarlo, el cual mermaría considerablemente tal ahorro.
En cambio, al realizar una amortización parcial de la hipoteca, que entendemos fue utilizada en la compra de su vivienda habitual, le produciría un ahorro limpio al quince por ciento, entendiendo que dicho pago estaría por encima de los primeros 4.500 euros que le desgravan al veinte o veintinco por ciento, ahorrándose además los intereses futuros que ese capital generaría en caso de no hacer dicha baja parcial.
Asimismo, entendemos que dicha baja en la hipoteca le permitiría optar por rebajar la cuota para el año próximo, cuestión ésta que le puede resultar cómoda en el sentido de tener una mayor cantidad de dinero disponible mensualmente.
Todo ello al margen de que a final de año pudiera hacer, igual que ésta, otra baja parcial, siempre sin rebasar los límites máximos de desgravación que le permite la Ley del IRPF vigente.
|