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Otro aspecto de la nueva regulación sobre auditoría que ha desatado la polémica ha sido la posibilidad de que ciertos miembros de cuerpos de funcionarios públicos –como el Tribunal de Cuentas– puedan acceder al ejercicio de la auditoría sin tener que superar todos los requisitos fijados para otro aspirante.
Es el caso de “los funcionarios pertenecientes a cuerpos cuya formación y funciones se hallen relacionados con la auditoría de cuentas del sector público, o que examinen o valoren la situación financiera y patrimonial y la actuación de las entidades financieras o de compañías aseguradoras”. La medida se ha encontrado con la radical oposición de todo el sector privado.
Por otra parte, la nueva Ley Financiera exige a los auditores ejercientes someterse a programas periódicos de formación continuada, que podrán llevar a cabo las corporaciones y, además, las universidades.
Los auditores deberán someterse a cursos de actualización con la periodicidad que el reglamento de la ley fije en los próximos meses. El presidente del ICAC, José Luis López Combarros, se ha lamentado de que la iniciativa de la formación continuada obligatoria haya tenido que regularse mediante ley.
Además, es posible que el desarrollo reglamentario de la Ley Financiera determine el régimen de traspaso de los auditores no ejercientes inscritos en el ROAC al ejercicio profesional.
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