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EXPANSIÓN - FONDOS   

20 de Mayo de 2002    


Pensiones

Jubilación: el nuevo IRPF desplaza a los seguros de empresa frente a los planes de pensiones

C.Cuesta. Madrid.

Los seguros de jubilación de las empresas no podrán beneficiarse de los fuertes incentivos fiscales de los planes de pensiones en el nuevo IRPF. Hacienda ha desoído las recomendaciones recogidas en el informe de los expertos que diseñaron la reforma y ha creado un régimen fiscal con claros beneficios para las empresas que opten por planes de pensiones en vez de por seguros de jubilación.


Las compañías aseguradoras no podrán competir en igualdad con los planes de pensiones en la lucha por el prometedor mercado de previsión social de las empresas.

El anteproyecto definitivo del nuevo Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ha dejado a los seguros de jubilación que contraten las empresas al margen de los fuertes incentivos fiscales que disfrutan los planes de pensiones, pese a que el informe previo a la reforma de este impuesto reclamaba la mejora de las desgravaciones de los seguros.

De esta forma, las empresas que quieran poner en marcha fórmulas para mejorar la jubilación de sus empleados, contarán claramente con más incentivos para contratar un plan de pensiones que para hacer un seguro de jubilación. La gran diferencia entre los dos productos, al margen de su régimen fiscal, radica en el hecho de que los planes de pensiones están obligados a crear comisiones de control en las que el poder sobre la gestión del plan se reparte entre la empresa y los sindicatos. Los seguros de jubilación, por el contrario, no tienen obligación de negociar con los representantes laborales de la plantilla las decisiónes sobre su gestión.

Esta diferencia se ha convertido, de hecho, en uno de los principales obstáculos al desarrollo de más planes de pensiones privadas en España. Las empresas ven con desconfianza la entrada de los sindicatos en los comites de control de los planes de pensiones.

Petición de los expertos

Las peticiones del sector asegurador y del propio comité de expertos de Hacienda –la comisión Lagares–, que reclamaron el traslado de las fuertes desgravaciones de los planes de pensiones hacia los seguros de jubilación no han servido para mucho. El informe previo a la reforma del Impuesto sobre la Renta encargado por el ministerio al grupo de expertos encabezado por el catedrático Lagares reclamaba la unificación de los dos sistemas tributarios y aseguraba que la medida se convertiría en un gran aliciente a la contratación de más pensiones privadas por las empresas y, además, introduciría una dosis de competencia en el sector financiero.

Hacienda ha hecho caso omiso de esta recomendación. Las ventajas fiscales de los planes de pensiones frente a los seguros son, así, notables para las empresas. Los incentivos de los planes de pensiones permiten a los contribuyentes desgravar hasta 7.212 euros anuales por las aportaciones realizadas a los planes, cantidad que se elevará hasta 8.000 euros con la reforma que entre en vigor el próximo 1 de enero. Además, si el declarante tiene más de 52 años, puede desgravar otros 1.202 euros adicionales por cada año que supere ese tope de los 52. Esta cantidad también se elevará con la reforma, hasta 1.250 euros por año. Tras la jubilación, en el momento definitivo de percibir las prestaciones, los planes de pensiones vuelven a tener otro incentivo: si el abono de las prestaciones se realiza en un único pago, y no en forma de renta periódica, el 40% de todos los ingresos obtenidos queda exento del pago de impuestos.

Frente a este régimen fiscal, los seguros de empresa no podrán beneficiarse de desgravaciones anuales durante toda la vida laboral del empleado. Únicamente tendrán un incentivo: la exención del 75% de los rendimientos obtenidos si el seguro tiene una antigüedad de más de cinco años. Pero la diferencia entre este porcentaje de exención y el de los planes de pensiones es notable: mientras que el 75% de los seguros sólo se aplica sobre los rendimientos generados por las aportaciones, en los planes de pensiones la exención de un 40% se aplica tanto sobre los rendimientos como sobre las propias cantidades aportadas, con lo que el beneficio es claramente mayor.

Hacienda no ha trasladado estos incentivos a los seguros de empresa, pese a que sí se permitirá aplicarlos a los seguros de previsión de la jubilación que contraten los contribuyentes a título particular. De esta forma, todas las fórmulas de previsión social quedan con el mismo régimen tributario a excepción de los seguros de empresa.

‘Unit linked’

El resultado final de la reforma del Impuesto sobre la Renta apenas introduce apoyos adicionales al mercado de los seguros. En esta misma reforma, Hacienda ha extendido a otros productos de ahorro el gran incentivo de que disfrutan hoy en día, en exclusiva, los seguros constituidos como unit linked: la exención del peaje fiscal. La eliminación de este peaje –obligación de pagar por las plusvalías cuando se traslada la inversión desde un producto a otro– se aplicará desde el próximo 1 de enero a los fondos de inversión, producto que es, además, el gran competidor de los unit linked.

A su vez, la reforma tributaria rebajará la fiscalidad de los fondos desde el tipo del 18% que pagan actualmente hasta el 15% siempre que tengan un año de antigüedad. Mientras, los unit linked pueden llegar a pagar hasta un 45% en esas mismas condiciones, situándose en el tipo máximo de la escala del impuesto. Es más, para poder disfrutar de un tipo efectivo en el IRPF levemente mejor que el de los fondos de inversión, los unit linked tienen que esperar hasta el quinto año, momento en el que consiguen situarse en un tipo fiscal en torno al 13%. Los expertos coinciden en señalar que con estos cambios los unit linked desaparecerán literalmente del mercado.