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EXPANSIÓN - FISCAL / LEGAL   

19 de Marzo de 2002    



Las empresas adaptan sus web a la ley de comercio electrónico

Marta Fernández

Las compañías que realizan actividades de comercio electrónico con carácter económico deberán incluir en sus páginas web información para que cualquier usuario pueda identificarlas. La futura ley obliga así a una adaptación de las empresas online.


El proyecto de ley de Servicios de la Sociedad de la Información, aprobado hace un mes por el Consejo de Ministros y que inicia ahora su tramitación parlamentaria, obliga a las empresas que realicen actividades en Internet y a los prestadores de estos servicios a incluir cierta información en sus web.

Como consecuencia, una vez que entre en vigor la ley, las compañías deberán ser transparentes en cuanto a su actividad en la red, siempre que ésta tenga carácter económico.

El objetivo es que toda esta información esté disponible para los destinatarios de los servicios de la sociedad de la información y los órganos competentes. Éstos deben poder “acceder por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita”, como señala el proyecto de ley. Por lo tanto, las empresas que operen en Internet deberán incluir esta información en su propio web en un sitio visible para que cualquier usuario pueda acceder a ella.

Así, en ningún caso podrá obviarse el nombre o denominación social de la empresa titular del web o del prestador de servicios de la sociedad de la información. En el caso de un prestador extranjero, deberán facilitar el domicilio de su establecimiento permanente en España.

Además, no podrán faltar la dirección de correo electrónico y “cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva”.

Del entorno real al virtual

Si la actividad que desarrolla la compañía en el entorno real está sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, debe incluir en el web los datos relativos a esta autorización y los identificativos de la autoridad competente encartada de su supervisión.

En el caso de que ejerza una actividad regulada –por ejemplo, un arquitecto que anuncie sus servicios en Internet–, el web deberá indicar los datos del colegio profesional al que pertenezca, el título académico oficial o profesional, el Estado de la UE en el que se expidió el título y las normas profesionales aplicables. Además, la empresa deberá incluir en su página en Internet su número de identificación fiscal.

El web también deberá especificar información sobre el precio del producto o servicio, indicando si incluye o no impuestos, y los gastos de envío, si existen. Por último, se incluirán los códigos de conducta a los que empresas y prestadores estén adheridos y la forma de consultarlos electrónicamente.



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