Reducción del 10% al 5% del importe máximo anual deducible en concepto de amortización del fondo de comercio .
Modificaciones operadas en el régimen fiscal especial de operaciones de concentración empresarial: revalorización fiscal de los activos transmitidos a la sociedad adquirente.
Deducibilidad del fondo de comercio financiero derivado de la adquisición de participaciones en entidades extranjeras, con el límite del 5 por ciento anual.
Ampliación del ámbito de aplicación del régimen de consolidación fiscal.
Nueva deducción en cuota del 10 por ciento por aportaciones a planes de pensiones.
Régimen especial de tributación de entidades navieras.
Deducibilidad de la dotación a la provisión por insolvencias de tráfico por deudas con una antigüedad superior a los seis meses.
Ampliación del plazo de compensación de las bases imponibles negativas hasta un periodo de 15 años.
Ampliación del plazo de aplicación de las deducciones, con carácter general, a 10 años; y a 15 años, para las deducciones por investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación.
Nueva deducción en cuota del 17 por ciento por reinversión de los beneficios extraordinarios. Se aplica la deducción íntegra tanto para las grandes empresas como para las pequeñas y medianas (PYMES).
Incremento del límite de cifra neta de negocios para la aplicación del régimen fiscal de PYMES a 5 millones de euros (831.930.000 pesetas).
Nueva deducción en cuota del 10 por ciento de las inversiones realizadas por las PYMES en bienes del activo material nuevos destinados al aprovechamiento de fuentes de energías renovables.
Modificación de la deducción por actividades de investigación, desarrollo e innovación ( I+D+i).
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