CINCO DÍAS
       Sábado, 12 de enero   
de 2002   




















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Cal y arena en los cambios fiscales

Amparo Estrada.

Este año, las aportaciones deducibles a planes de pensiones tendrán muchos menos corsés que los que constreñían hasta el momento su utilización. Ya no habrá que estar pendientes de no rebasar el límite porcentual del 25% sobre el rendimiento neto del trabajo y actividades económicas -era del 40% para los mayores de 52 años-. Este límite suponía que los contribuyentes con menos de 52 años con un rendimiento neto inferior a 28.848 euros (4.799.900 pesetas) nunca podían llegar al límite absoluto de aportación de 7.212,14 euros (1.200.000 pesetas). Ahora sí podrán hacerlo.

Aunque este tope de aportación máxima de 7.212 euros se mantiene para quienes no hayan superado los 52 años, la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos para 2002 duplica el ritmo de incremento de las aportaciones para los contribuyentes que superen esa edad. Así, en vez de incrementarse la cifra en 601 euros (100.000 pesetas) más por año, pasa a aumentarse en 1.202 euros (200.000 pesetas) por cada año que exceda de 52. Con 65 años, la aportación máxima será de 22.838 euros (3.800.000 pesetas), independientemente de que represente el 40% o más del rendimiento neto. En suma, el ahorro fiscal que puede obtener este año por un plan de pensiones un partícipe de 65 años con un tipo marginal del 48% alcanza los 10.962 euros (1.824.000 pesetas). El año pasado, la máxima rebaja era de 7.212 euros (1.200.000 pesetas).

Además, dejan de estar discriminadas las rentas de capital. Ahora también se pueden realizar aportaciones con cargo a dichas rentas de capital, por lo que los contribuyentes que no perciben rentas del trabajo o actividades económicas, sino que viven de sus inversiones, también podrán tener un plan.

Se mantiene la posibilidad de realizar aportaciones de hasta 1.803 euros al plan de pensiones del cónyuge que obtenga rentas inferiores a 7.212 euros y deducirse por ello.

Para impulsar los planes de pensiones colectivos para los trabajadores, se ha establecido que los límites de aportación funcionen de forma independiente para cada tipo de plan. Eso significa que un contribuyente podrá tener un plan de pensiones colectivo de su empresa por el que podrá deducir hasta donde marca la ley (7.212 euros si es menor de 52 años o incrementado en función de la edad) y deducir, asimismo, por un plan de pensiones individual que haya suscrito por su cuenta. Así, el ahorro fiscal se duplica. La reducción máxima de la base imponible que se puede conseguir -a los 65 años- es de 45.676 euros (7,6 millones de pesetas), lo que permite rebajar el pago a Hacienda en 21.924 euros (3,6 millones de pesetas) para un contribuyente con el marginal máximo.

El atractivo para la empresa reside en una deducción adicional del 10% por las aportaciones realizadas para los trabajadores con salario bruto no superior a los 27.045 euros (4.500.000 pesetas). Por su puesto, sigue permitiéndose la deducción como gasto de todas las aportaciones a planes de pensiones de la empresa.

Si, de todas formas, le sale a pagar la declaración de la renta, sepa que este año, por primera vez, podrá compensar su cuota positiva con la cuota a devolver -si la hubiera- de su cónyuge.

No todo son buenas noticias fiscales. Este año se caracteriza por las subidas de impuestos directos e indirectos. Por tercer año consecutivo, el Gobierno ha decidido no deflactar la tarifa del IRPF ni las deducciones. Desde la aprobación del nuevo impuesto sobre la renta -que entró en vigor en 1999- no se absorbe el impacto de la inflación, de manera que se va a pagar por una renta inexistente. Si los salarios suben un 2% -objetivo de inflación- no aumenta la renta del trabajador, simplemente mantiene el poder adquisitivo; pero a Hacienda hay que pagarle por ese 2%. Para hacerse una idea del aumento de la progresividad en frío, basta recordar que en estos tres años, la inflación acumulada hasta diciembre de 2001 ha sido de casi el 10%. Hacienda ingresará este año entre 900 y 1.200 millones de euros (200.000 millones de pesetas) de más por el IRPF al no actualizar la tarifa ni las deducciones y subir los módulos (un 4,8%).

También la gasolina es más cara por el nuevo impuesto sobre ventas minoristas de carburantes (cuatro pesetas por litro en el tramo estatal y las comunidades autónomas tienen opción a para aprobar otro recargo igual). El tabaco y el alcohol también han visto aumentar sus impuestos especiales. Lo mismo que han subido las tasas en los billetes de avión, tren o barco. El IVA del butano y del peaje de las autopistas pasa del 7% al 16%.

Las empresas cuentan con importantes novedades fiscales este año. Una de las principales es la modificación en la tributación de las plusvalías. Se cambia el sistema de diferimiento (se pagaba por séptimas partes a partir del cuarto año desde la generación de las plusvalías y el tipo impositivo era el 35%) por una deducción del 17% sobre el importe de la plusvalía reinvertida. Ahora, se pagará en el momento, sin fraccionar, pero sólo el 18% (el 13% si son pymes y entran dentro de los primeros 90.000 euros de beneficio). Asimismo, se permite deducir el fondo de comercio financiero (el que aparece al consolidar participaciones). Lo negativo es que se restringe el porcentaje anual de deducción del fondo de comercio como tal (la diferencia entre el valor contable y lo que se paga por un activo). La ley impide deducir más de una veinteava parte al año.


Publicado en página 13



 


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