CINCO DÍAS
         Viernes 7 de septiembre de 2001




















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Opinión

TRIBUNA
El impuesto lineal o la reconsideración de la progresividad

El impuesto sobre la renta de las personas físicas es hoy en día un impuesto sobre las rentas del trabajo

Leticia Poole.

El impuesto lineal sobre la renta consiste en un impuesto que aplica un único tipo de gravamen sobre la renta del individuo que exceda de un mínimo vital. Su planteamiento no es novedoso ni tampoco carece de solidez doctrinal, contando entre sus defensores a autores tan dispares como Friedman, Buchanan o Tobin. La formulación de un impuesto lineal sobre la renta es el resultado de una reconsideración de la progresividad en términos de eficiencia económica y justicia tributaria.

El coste de la progresividad en términos de eficiencia económica es fruto de los desincentivos que causan los tipos marginales altos, ya que reducen la riqueza global de la economía.

Hayek estimó en el año 1956 que el tipo marginal máximo que minimiza este coste no debía exceder del coeficiente que relaciona la recaudación fiscal y el producto nacional bruto (PNB). Suponiendo una estructura similar del impuesto sobre la renta de las personas físicas español (IRPF) al estadounidense, este tipo máximo sería de un 34%, aproximadamente. Habría que rehacer el modelo de Hayek para calcular este tipo óptimo para el IRPF español.

La progresividad del IRPF se fundamenta en las teorías utilitaristas, que parten de la hipótesis de que la utilidad marginal de la renta es decreciente; es decir, que a medida que aumenta el volumen de renta la utilidad derivada de unidades adicionales de la misma es cada vez menor.

Si el objetivo de la intervención pública es maximizar la utilidad global de la comunidad, esta meta se logra detrayendo las unidades de renta de las personas que más ganan y transfiriéndolas a las personas que, por su escaso volumen de renta, todavía pueden obtener altos niveles de utilidad de unidades adicionales de la misma.

Pero para redistribuir la renta es necesario tener en cuenta toda la renta: del trabajo y del capital. En la declaración de 1996 del IRPF en España el 80% de la base imponible procedía de las rentas del trabajo, lo que convierte al IRPF en un impuesto sobre las nóminas. La libertad de movimientos del capital ha provocado que éste, de hecho, no tribute en ningún sitio.

Además, la progresividad tiene unos efectos diferentes sobre las rentas del trabajo, porque son rentas ganadas y son rentas temporales. Las rentas del trabajo son fruto del esfuerzo personal de su perceptor y aunque la utilidad marginal de la renta sea decreciente el coste marginal de las rentas del trabajo en términos de esfuerzo es creciente, para igualar la carga tributaria entre trabajo y capital la progresividad debería ser mayor sobre el capital.

La temporalidad se compensa si en la configuración del IRPF se permite que dentro de los gastos necesarios para la obtención de las rentas del trabajo se incluyan las aportaciones a los planes de pensiones. Aportaciones que son equivalentes a las amortizaciones en los bienes de equipo y que han de permitir constituir un capital que al final de la vida activa del trabajador le dé una renta equivalente a la que se obtenía por el trabajo.

En resumen, el IRPF es hoy en día un impuesto sobre las rentas del trabajo y ya no se lo puede utilizar como el instrumento redistributivo de la política económica. Se debe acudir a otros instrumentos más eficaces, bien replanteándose las políticas de gasto, como por ejemplo la de la educación universitaria, bien acudiendo a otros impuestos, como los patrimoniales o los medioambientales.

La propuesta del impuesto lineal es coherente porque es un impuesto menos progresivo que el actual. Pero su implantación requeriría restarle capacidad recaudatoria para no perjudicar a las rentas medias.

Para un mismo volumen de rentas declaradas y suponiendo un tipo único de gravamen del 28% y una renta de subsistencia de unos dos millones de pesetas, el coste de la reforma se estima en más de un billón.

Reducir el peso relativo del IRPF en los ingresos públicos obliga a buscar otros ingresos alternativos y/o a reducir gasto público.


Publicado en página 13



  • Profesora de Economía del Sector Público en la Universidad de Navarra



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