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Opinión
TRIBUNA A vueltas con el tipo único
Salvador Jové
Peres. Madrid.
Un mayor número de tramos puede ajustar la carga tributaria de
manera más justa con relación a la capacidad económica del
contribuyente.
El PSOE está elaborando una propuesta sobre el IRPF que ha
causado cierto estupor y ha tenido un efecto mediático
incuestionable. Al parecer, pretende conformarse como alternativa al
tributo que reformó el PP y para el cual el Gobierno ya ha anunciado
una segunda modificación en 2002.
En estas mismas páginas Jordi Sevilla, secretario de economía del
PSOE, argumentaba a favor de "abrir un debate enmarcado en unos
parámetros que, por novedosos para el amplio público, deben
explicarse para evitar juicios precipitados". Y es verdad que la
propuesta del PSOE que conocemos, bien es cierto que a grandes
rasgos, necesita diversas explicaciones y concreciones para
comprender si la regresividad que traduce puede, de alguna forma,
ser matizada.
Como comenta Sevilla, la reforma del IRPF efectuada por el
Gobierno del PP ha desvirtuado el impuesto conformando un reparto
menos equitativo de la carga tributaria; pero también ha supuesto un
coste en términos de recaudación, aunque pueda ser enjugado a corto
plazo por el crecimiento y por otros tributos. La fase alcista del
ciclo permite que la recaudación no se resienta (aunque en ausencia
de la reforma sería potencialmente mayor), pero está por ver su
impacto en un escenario económico menos boyante.
La simplificación del IRPF fue uno de los argumentos del PP, y
ahora del PSOE en su alternativa, y es cierto que un impuesto más
sencillo y con menores costes indirectos es un objetivo deseable,
pero precisando que si no se desea perjudicar su progresividad y que
se adapte, por tanto, a las circunstancias personales y económicas
del contribuyente, es lógico que mantenga un cierto grado de
complejidad. No es de recibo que, bajo la excusa de la simplicidad,
se reduzca la progresividad fiscal.
La disminución del número de tramos en la tarifa que provocó la
reforma del PP ha supuesto un efecto negativo inmediato sobre la
progresividad, ya que contribuyentes con niveles de renta muy
dispares son gravados al mismo tipo marginal. Con mayor número de
tramos se puede ajustar la carga tributaria de manera más justa con
relación a la capacidad económica del contribuyente y, desde luego,
la complejidad será la misma sea cual sea el número de tramos,
puesto que cada contribuyente aplica un único tipo. De la misma
forma, la reducción de los tipos en la tarifa añade pérdidas de
progresividad al beneficiar en mayor medida a las rentas más
elevadas. Justificar esta medida por el supuesto efecto
desincentivador que tienen los tipos elevados en el cumplimiento de
las obligaciones tributarias o aludir a la creación de empresas para
beneficiarse de los tipos efectivos más bajos del impuesto de
sociedades, es inaceptable. Supone admitir que esto es así porque el
Gobierno lo permite, porque se considera inevitable el fraude y la
elusión fiscales.
La reforma del PP también introdujo el llama-do pomposamente
"mínimo vital" (mínimo personal y familiar), que no era sino una
ampliación del anterior mínimo exento (el tramo de la tarifa que
tributaba al 0%) con deducciones que operaban antes en la cuota. El
trasvase de deducciones de cuota a base implica un beneficio fiscal
tanto mayor cuanto mayor sea el tipo marginal y, por tanto, mayores
sean los ingresos del contribuyente.
Las rentas salariales soportan alrededor del 80% del IRPF y la
reforma tampoco solucionó, si lo pretendía, el tratamiento
discriminatorio a los rendimientos del trabajo. En el impuesto
reformado por el PP se aumentó la reducción que minora en la base
imponible los rendimientos del trabajo, pero paralelamente
desaparecía la deducción en la cuota, que funcionaba fortaleciendo
la progresividad. En todo caso, para solucionar el cada vez mayor
peso relativo de las rentas del trabajo en el impuesto es preciso
lograr mayor tributación efectiva de los rendimientos del capital.
Por el contrario, la reforma consolidó la exclusión de las
plusvalías (rentas de capital acumuladas) a largo plazo (ahora más
de un año) de la base general del tributo y, por lo tanto, de la
tarifa progresiva, y se las hace tributar a un tipo proporcional (en
estos momentos) del 18%. Esto significa que el principio de
progresividad desaparece para este tipo de rendimientos, al tiempo
que se segregan las plusvalías de la base imponible general, con lo
que se rompe la unidad global perseguida por el IRPF. Por supuesto
que, además, se perju-dica a aquellos contribuyentes con ingresos
regulares por debajo de los, aproximadamente, tres millones de
pesetas, mientras que los contribuyentes con rentas regulares por
encima mejoran comparativamente su situación.
Digamos también que la reducción por aportaciones a planes
privados de pensiones (cada vez más generosa) es un gasto fiscal que
opera en un sentido fuertemente regresivo, y que la deducción por
doble imposición de dividendos se mantiene en el esquema del
impuesto reformado. En este sentido, no parece lógico que para
justificar la disminución de los tipos marginales máximos del IRPF
se recurra al argumento de que las rentas elevadas logran en casos
eludirlos constituyendo sociedades que tributan al teórico 35% del
impuesto de sociedades, y a la vez primar fiscalmente su
constitución disminuyendo el gravamen de los dividendos en el IRPF.
En fin, una reforma del Gobierno del PP cuyo principal objetivo
fue recortar la progresividad del tributo y donde se utilizaron
argumentos tales como simplificar el tributo, potenciar el ahorro a
largo, incentivar la inversión y el empleo, o animar a los
defraudadores a cumplir sus obligaciones fiscales. Una reforma que
exige ciertamente presentar propuestas alternativas. Pero éstas no
pueden acabar restando progresividad al impuesto o mermando la
recaudación, si lo que se defiende es la suficiencia financiera del
Estado, la progresividad en la contribución a las cargas generales y
la equidad. Por muy "modernas" o "imaginativas" que se piense que
son esas propuestas.
Desde luego que, como comenta Sevilla, no debemos perder de vista
las realidades del mundo en que vivimos, aunque sólo sea por
mantener la voluntad de transformarlas. Sirva como ejemplo que el
Gobierno también aludía pa-ra justificar su reforma al contex-to
comunitario afirmando, y exagerando, que la fiscalidad juega un
papel crucial a la hora de atraer ahorro del exterior y de retener
el ahorro interno. Esto es, se hace notar que con la moneda única no
existe la posibilidad de atraer capitales con el atractivo de tipos
nominales más elevados que en otros países y, por tanto, la
tributación del capital cobra especial relevancia. Pero, lejos de
apostar por la progresiva desfiscalización de los rendimientos del
capital como hace el pensamiento conservador, puede y debe
propugnarse la armonización fiscal y una mayor información y control
en el espacio comunitario.
Llegados a este punto, la propuesta del PSOE plantea una "renta
básica de ciudadanía" que se presenta como una cantidad que el
impuesto no gravaría. El concepto no difiere excesivamente del
mínimo vital o del anterior mínimo exento, pero si se articula en la
cuota del impuesto y no en la base imponible, lograría corregir una
cuestión que aquí se ha criticado: el trasvase de deducciones en la
cuota a la base del tributo que provocó la reforma del PP y que
beneficia más que proporcionalmente a las rentas más elevadas. Ahora
bien, si la propuesta se acompaña con la idea de simplificar la
tarifa hasta uno o dos tipos de gravamen (acabando definitivamente
con la progresividad de la tarifa) el conjunto sólo puede significar
un tributo que deje mucho que desear en términos de suficiencia,
progresividad o equidad.
Claro que la progresividad del tributo no puede medirse sólo por
el número de tramos, pero por mucho que se intente fijar
adecuadamente el porcentaje del gravamen y el nivel del mínimo
exento, no será difícil comprobar a qué niveles de renta beneficia
esta propuesta. En otras palabras, una tarifa razonable en términos
de tramos y tipos es la que permite modular la carga tributaria de
forma más justa con relación al nivel de renta. No vamos a insistir
en la debilidad de los argumentos (fraude o evasión legal) que
utiliza el PSOE para justificar un tipo único en el IRPF.
Porque es posible corregir los efectos negativos de la reforma
del Gobierno desde una óptica progresista. Vale la pena recordar los
contenidos del acuerdo en materia fiscal entre IU y PSOE en las
últimas elecciones generales, en que se contemplaba un reparto más
justo de la carga del tributo y una lucha eficaz contra el fraude y
la elusión fiscales, verdaderas lacras en nuestro país que vulneran
la equidad en la distribución de los impuestos. Con un sistema
fiscal más justo y progresivo podremos hacer frente, por ejemplo, a
la mejora de nuestra protección social. Y lo haríamos defendiendo la
íntima relación entre las propuestas fiscales y los recursos
necesarios para financiar las políticas de gasto público.
Publicado en página 16
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