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Jueves, 15 de marzo de 2001

Los subinspectores tienen competencia para desarrollar las actuaciones de comprobación e investigación, así como para suscribir las actas




| Madrid

Los subinspectores tienen competencia para desarrollar las actuaciones de comprobación e investigación, así como para suscribir las actas, cuando así lo disponga el Jefe de la Unidad, según se afirma en una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), de 18 de octubre de 2000.




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